ORDEN FORAL 36/2004, de 10 de febrero, del Consejero de Economía yHacienda, por la que se aprueba el modelo 030 de comunicación decambio de domicilio o de variación de datos personales o familiares,que pueden utilizar las personas físicas, así como las personasjurídicas para comunicar su cambio de domicilio fiscal, sedeterminan el lugar y...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 36/2004, de 10 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 030 de comunicación de cambio de domicilio o de variación de datos personales o familiares, que pueden utilizar las personas físicas, así como las personas jurídicas para comunicar su cambio de domicilio fiscal, se determinan el lugar y la forma de presentación del mismo y se establece el procedimiento para la presentación telemática.

La Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, en su artículo 37.3 establece a cargo del obligado tributario la obligación de poner en conocimiento de la Administración tributaria el cambio de domicilio mediante declaración expresa a tal efecto.

El cumplimiento de la citada obligación, por lo que respecta a las personas físicas, se viene realizando a través de las declaraciones anuales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Ahora bien, en estos supuestos, el cambio de domicilio no surte efectos con anterioridada la presentación de la indicada declaración, circunstancia ésta que puede originar problemas a los sujetos pasivos en las comunicaciones con la Hacienda Tributaria, especialmente a los no obligados a declarar por el referido Impuesto.

Con objeto de evitar estos inconvenientes, y considerando el derecho de los obligados tributarios a ser asistidos por la Administración tributaria en el cumplimiento de sus obligaciones, que se contiene en la letra a) del artículo 9 y en el artículo 91 de la LeyForal 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, se ha estimado conveniente proceder a la aprobación del correspondiente modelo normalizado que podrá ser utilizado para efectuar la comunicación del cambio de domicilio por dichos obligados.

Asimismo, con objeto de optimizar los procedimientos de gestión de las declaraciones presentadas por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el presente modelo permite, en los términos de voluntariedad anteriormente comentados, a todos los sujetos pasivos de este Impuesto efectuar con anterioridad a la presentación de sus respectivas declaraciones la comunicación de variación de aquellos datos personales o familiares que, por afectar, entre otros, a la existencia y composición de la unidad familiar, a la consideración de minusválido de alguno de los miembros de la unidad familiar, al cambio del estado civil o al de la dirección de correo electrónico, tienen una especial relevancia fiscal en la gestión de dicho Impuesto.

Respecto a las personas jurídicas, no existe en la actualidad un modelo normalizado en el que comuniquen su cambio de domicilio fiscal, por lo que, con el mismo carácter de voluntariedad, este modelo les permite realizar la referida comunicación. La declaración comunicando el cambio de domicilio surtirá los efectos del artículo 37.3 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.

Por último, la experiencia adquirida desde la aprobación de la Orden Foral 337/2002, de 26 de noviembre, porla que se fijaron las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de determinadas declaraciones, aconseja...

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