DECRETO FORAL 326/2000, de 2 de octubre de 2000, por el que se crea el Observatorio del Euro en Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 326/2000, de 2 de octubre de 2000, por el que se crea el Observatorio del Euro en Navarra.

A partir del 1 de enero de 1999, el euro se ha integrado en nuestro sistema monetario. Aunque la circulación efectiva de monedas y billetes no se producirá hasta el 1 de enero de 2002, es evidente que la nueva moneda va a afectar a todos y cada uno de los ciudadanos de los once países europeos que actualmente la asumen como propia y componen la Unión Monetaria Europea. Hasta entonces y desde hace algún tiempo, se vienen realizando acciones e iniciativas destinadas a sensibilizar, concienciar y formar a la población navarra ante los retos y desafíos que el nuevo escenario plantea, enmarcadas todas ellas dentro del denominado Plan Nacional para la Transición al Euro.

En esta línea se encuadra la Recomendación 98/288/CE de la Comisión Europea, de 23 de abril de 1998, relativa al diálogo, al seguimiento y la información para facilitar la transición al euro, que aconseja la creación de "Observatorios del Euro".

El Observatorio, se configura como un órgano de encuentro y colaboración entre la Administración, los consumidores y usuarios y las empresas comerciales y de servicios, con el fin de promover un clima de confianza y diálogo entre ellos y coordinar las actuaciones que se realicen, con el objetivo último de que la transición al euro se lleve a cabo de manera positiva y sin distorsiones indeseadas.

Con ese mismo objetivo, el Observatorio facilitará una etiqueta (LABEL) euro, a través de la cual, el consumidor conocerá las empresas que asuman una serie de compromisos en torno al euro. Estos compromisos son los recogidos en el "Acuerdo de Buenas Prácticas para una mejor adaptación a la implantación del Euro" suscrito por consumidores y comerciantes de la Comunidad Foral de Navarra, de fecha 26 de junio de 1998. Aquellas empresas que se adhieren al Acuerdo adquieren un compromiso de información y actuación respecto al euro que, sin duda alguna, se traduce en un mejor servicio al consumidor, contribuyendo al mantenimiento e incremento de su confianza.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo y del Consejero de Economía y Hacienda, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dos de octubre de dos mil,

DECRETO:

Artículo 1 º Creación.

Se crea el Observatorio Euro de Navarra como órgano consultivo de participación y colaboración en el proceso de transición e implantación del euro, que dependerá del Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo.

Art. 2 º Composición.
  1. En el Observatorio Euro de Navarra estarán representados, además de la Administración de la Comunidad Foral, los sectores más directamente implicados en la implantación del euro.

  2. El Observatorio estará integrado por los siguientes miembros:

    Presidente:

    -El Director General de Comercio y Turismo.

    Vicepresidente:

    -El Director General de Economía y Asuntos Europeos.

    Secretario:

    -El Director del Servicio de...

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