DECRETO FORAL 264/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Decreto foral |
Mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de conformidad con lo previsto en el artículo 30.7 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente.
Por su parte, el Decreto Foral 88/2019, de 14 de agosto, establece la estructura básica del Departamento de Economía y Hacienda.
Con objeto de establecer la estructura general del Departamento de Economía y Hacienda, a nivel de Direcciones Generales, Servicios y Secciones, se hace necesaria la aprobación del correspondiente decreto foral.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día treinta de octubre de dos mil diecinueve,
DECRETO:
Corresponde al Departamento de Economía y Hacienda ejercer las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en las materias relativas a planificación y programación de la actividad económica; hacienda pública; planificación, elaboración presupuestaria y control económico-financiero; política financiera y coordinación económica con el Estado y el resto de Administraciones Públicas; patrimonio; estadística; la gestión del Convenio Económico; así como el resto de atribuciones que le confieren las disposiciones vigentes.
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A la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda, en relación con el ámbito competencial definido en el artículo 1 del presente decreto foral, le corresponde el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente.
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Igualmente corresponde a la persona titular del Departamento la presidencia de los siguientes órganos colegiados:
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Consejo de Estadística de Navarra.
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Junta de Contratación Pública.
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Como unidad de apoyo político y técnico de la persona titular del Departamento, existe en el mismo un Gabinete de la persona titular del Departamento, sujeto a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, y dependiente directamente de aquella.
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El Departamento de Economía y Hacienda, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes órganos:
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Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica.
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Dirección General de Intervención y Contabilidad.
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Secretaría General Técnica.
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Tribunal Económico Administrativo Foral de Navarra.
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Instituto de Estadística de Navarra (NASTAT).
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El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, órgano con independencia funcional, queda adscrito al Departamento de Economía y Hacienda.
La Secretaría del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, con rango de Sección, queda adscrita a la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda.
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El organismo autónomo Hacienda Foral de Navarra queda adscrito al Departamento de Economía y Hacienda y se regirá por sus Estatutos.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2 del presente decreto foral, corresponde a las Direcciones Generales del Departamento de Economía y Hacienda, bajo la superior dirección de la persona titular del Departamento y en los ámbitos materiales asignados a cada una de ellas en este decreto foral, el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del sector público institucional foral, así como cualquier otra que le atribuyan las disposiciones vigentes, o le encomiende la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda.
Corresponde a la Secretaría General Técnica de Economía y Hacienda, con relación al ámbito competencial definido en el artículo 1 del presente decreto foral, y bajo la superior dirección de la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda, a la cual se encuentra adscrita directamente, el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 33 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del sector público institucional foral, las previstas en el Decreto Foral 29/2005, de 21 de febrero, por el que se regulan las Secretarías Generales Técnicas, las establecidas en la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de igualdad entre mujeres y hombres, así como cualquier otra que le atribuyan las disposiciones vigentes o le encomiende la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda, dictando las resoluciones que deban ser adoptadas en su ejercicio.
Corresponde a los Servicios, bajo la dirección de los órganos superiores del Departamento y en el ámbito material asignado a cada uno de ellos en este decreto foral, el ejercicio de las funciones de planificación, coordinación, dirección y control de las secciones o unidades orgánicas de ellos dependientes, la promoción e impulso de la aplicación de los principios de agilidad, racionalización y simplificación de los procedimientos, así como cualquier otra que les atribuyan específicamente las disposiciones vigentes, o les sean desconcentradas o delegadas por los órganos competentes del Departamento.
Corresponde a las Secciones, bajo la dirección de los órganos superiores del Departamento y en el ámbito material correspondiente, el ejercicio de las funciones de ejecución, informe y propuesta al superior jerárquico, la coordinación, dirección y control de las actividades desarrolladas por los negociados o unidades de ellas dependientes, así como las que les sean encomendadas por los órganos competentes del Departamento.
Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica
Ámbito material de competencias y estructura
La Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica ejercerá las atribuciones previstas en este decreto foral con relación a las siguientes materias:
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Análisis y planificación de la política económica de carácter general, así como su seguimiento.
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La elaboración de los Presupuestos Generales de Navarra en los términos que establezca el Gobierno de Navarra, así como el seguimiento e impulso de su ejecución.
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Las medidas que con carácter general o particular se establezcan para el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
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Impulsar la perspectiva de género en los Presupuestos así como otras acciones en el ámbito de la igualdad que afecten a la Dirección General.
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La confección, en cooperación con el resto de Departamentos, de la programación económica a medio plazo establecida por el Gobierno de Navarra, así como su seguimiento y control.
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La gestión, planificación y coordinación que en materia de política financiera corresponda a la Administración de la Comunidad Foral.
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La administración y control de la Deuda Pública de Navarra.
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La coordinación económica con el Estado y con otras Administraciones Públicas, sin perjuicio de las que puedan ejercer otros órganos del Gobierno de Navarra en esta materia.
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La colaboración en las materias relativas al Convenio Económico con el Estado.
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La adquisición, enajenación y cesión de bienes y derechos del Patrimonio de Navarra.
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La protección y defensa del Patrimonio de Navarra.
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La ordenación, afectación y adscripción de bienes y derechos integrantes del Patrimonio de Navarra.
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El diseño, ordenación y gestión de la política de inmuebles de uso administrativo o funcional del sector público.
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El ejercicio, control y gestión de los derechos que integran el patrimonio empresarial público de Navarra.
ñ) La ordenación y control ordinario de las empresas del sector público del Gobierno de Navarra y de sus órganos de dirección y administración, así como la adscripción de las mismas.
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Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor.
La Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica se estructura en los siguientes Servicios:
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Presupuestos y Programación Económica.
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Economía y Finanzas.
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Patrimonio.
Servicio de Presupuestos y Programación Económica
El Servicio de Presupuestos y Programación Económica, en relación con las materias propias de la Dirección General, ejercerá las siguientes funciones:
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Asistir a su personal en las necesidades formativas inherentes a cada puesto de...
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