DECRETO FORAL 51/2018, de 4 de julio, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

La Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, establece en su artículo 19, apartado uno 6, que determinados ámbitos y sectores de las Administraciones Públicas “podrán disponer de una tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluirá hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.”

Del análisis de los datos de la plantilla de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y de acuerdo con las reglas de la tasa de estabilización establecida en el antedicho artículo de la citada Ley de Presupuestos Generales del Estado, se extrae un total de 635 plazas del personal sanitario del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea e Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra de los puestos de trabajo referidos a los sectores de la tasa de estabilización determinados en la antedicha ley, para incluir en la oferta de empleo público.

Una vez seleccionadas las 635 plazas, de ellas es preciso consolidar en plantilla 36 plazas estructurales que se encuentran desempeñadas por personal con vinculación temporal, y que no están vinculadas a un proyecto concreto, a fin de incluirlas en la oferta de empleo público de 2018 correspondiente a la tasa de estabilización del artículo 19.Uno.6 de la antedicha Ley 3/2017.

En consecuencia, procede la creación de 36 plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos, para la consolidación de empleo estructural.

Existe informe favorable de la Dirección General de Presupuesto del Departamento de Hacienda y Política Financiera.

Asimismo, al ser asuntos que se determinan en la plantilla orgánica, se recogen diferentes modificaciones planteadas por los Departamentos afectados y Euskarabidea/Instituto Navarro del Euskera sobre los requisitos de conocimiento de euskera.

Estas modificaciones no tienen coste económico.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día cuatro de julio de dos mil dieciocho,

DECRETO:

Artículo 1 Creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, para la consolidación de empleo estructural.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Uno.–Se crean las plazas de la plantilla orgánica, que cuentan con la correspondiente dotación...

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