DECRETO FORAL 72/2017, de 23 de agosto, por el que se modifica el Decreto Foral 27/2011, de 4 de abril, por el que se regula la reducción de la jornada del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El artículo 59.3 del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, establece que reglamentariamente se determinarán los supuestos y las condiciones en las que podrá concederse al personal funcionario una reducción de la jornada establecida con carácter general, con disminución proporcional de las retribuciones correspondientes.

El desarrollo reglamentario de esta previsión legal está contenida en el Decreto Foral 27/2011, de 4 de abril, por el que se regula la reducción de jornada del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra.

Con posterioridad, el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, ha incorporado modificaciones en materia de reducciones de jornada de los empleados.

Existiendo la voluntad de que la regulación reglamentaria de la reducción de la jornada del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra, en desarrollo del Estatuto del Personal, incorpore aquellas medidas previstas en la normativa general para mejorar la conciliación de la vida laboral y familiar de los empleados, resulta necesario modificar su norma reguladora, que como se ha señalado es el Decreto Foral 27/2011, de 4 de abril, por el que se regula la reducción de jornada del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra.

Asimismo, procede modificar el Decreto Foral 68/2009, de 28 de septiembre, por el que se regula la contratación de personal en régimen administrativo en las Administraciones Públicas de Navarra, a fin de regular la aplicación al personal contratado temporal de la acumulación de la reducción de jornada en jornadas completas.

De conformidad con lo dispuesto en el capítulo XI del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, el proyecto ha sido sometido a la negociación colectiva con los representantes sindicales en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas de Navarra.

Teniendo en cuenta que el nuevo reglamento afecta a todas las Administraciones Públicas de Navarra y, por tanto, también a las entidades locales, el proyecto ha sido informado por la Comisión Foral de Régimen Local.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, de acuerdo con el Consejo de Navarra y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintitrés de agosto de dos mil diecisiete,

DECRETO:

Artículo Único –Modificación del Decreto Foral 27/2011, de 4 de abril, por el que se regula la reducción de jornada del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra.

Uno.–Se modifica el artículo 2 que queda redactado de la siguiente manera:

La reducción de la jornada regulada en este decreto foral será de un octavo, un...

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