DECRETO FORAL 89/2018, de 31 de octubre, por el que se modifica parcialmente el Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprobó la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Decreto foral |
El Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, aprobó la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.
La Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha propuesto la modificación parcial de esta estructura, concretamente en lo que se refiere a la amortización de la Sección de Innovación, Calidad Interna y Proyectos Europeos y a la creación del Servicio de Guarderío y Calidad de la Gestión Ambiental.
De conformidad con lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, y de acuerdo con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día treinta y uno de octubre de dos mil dieciocho,
DECRETO:
Uno.–Se modifica el artículo 41, al que se le da la siguiente redacción:
Artículo 41. Estructura de la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
1. La Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se estructura en los siguientes Servicios:
a) Servicio de Innovación y Conocimiento en Sostenibilidad Territorial y Ambiental.
b) Servicio de Economía Circular y Agua.
c) Servicio de Medio Natural.
d) Servicio de Territorio y Paisaje.
e) Servicio Jurídico de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
f) Servicio de Guarderío y Calidad de la Gestión Ambiental.
2. Los Servicios que se integran en la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio coordinarán sus actuaciones, establecerán líneas de trabajo y emitirán las instrucciones técnicas precisas a la Sección de Guarderío para permitir el correcto desempeño de las funciones que tiene atribuidas el Guarderío Forestal en gestión del medio natural, vigilancia, investigación e inspección.
3. Los Servicios integrados en la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio estarán coordinados internamente con el Servicio de Innovación y Conocimiento en Sostenibilidad Territorial y Ambiental en cuantas áreas se incluyen el ámbito competencial de este Servicio
.
Dos.–Se modifica el artículo 43, al que se le da la siguiente redacción:
Artículo 43. Estructura del Servicio de Innovación y Conocimiento en Sostenibilidad Territorial y Ambiental.
El Servicio de...
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