DECRETO FORAL 89/2018, de 31 de octubre, por el que se modifica parcialmente el Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprobó la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, aprobó la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

La Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha propuesto la modificación parcial de esta estructura, concretamente en lo que se refiere a la amortización de la Sección de Innovación, Calidad Interna y Proyectos Europeos y a la creación del Servicio de Guarderío y Calidad de la Gestión Ambiental.

De conformidad con lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, y de acuerdo con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día treinta y uno de octubre de dos mil dieciocho,

DECRETO:

Artículo único Se modifica parcialmente el Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprobó la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en el sentido siguiente:

Uno.–Se modifica el artículo 41, al que se le da la siguiente redacción:

Artículo 41. Estructura de la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

1. La Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se estructura en los siguientes Servicios:

a) Servicio de Innovación y Conocimiento en Sostenibilidad Territorial y Ambiental.

b) Servicio de Economía Circular y Agua.

c) Servicio de Medio Natural.

d) Servicio de Territorio y Paisaje.

e) Servicio Jurídico de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

f) Servicio de Guarderío y Calidad de la Gestión Ambiental.

2. Los Servicios que se integran en la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio coordinarán sus actuaciones, establecerán líneas de trabajo y emitirán las instrucciones técnicas precisas a la Sección de Guarderío para permitir el correcto desempeño de las funciones que tiene atribuidas el Guarderío Forestal en gestión del medio natural, vigilancia, investigación e inspección.

3. Los Servicios integrados en la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio estarán coordinados internamente con el Servicio de Innovación y Conocimiento en Sostenibilidad Territorial y Ambiental en cuantas áreas se incluyen el ámbito competencial de este Servicio

.

Dos.–Se modifica el artículo 43, al que se le da la siguiente redacción:

Artículo 43. Estructura del Servicio de Innovación y Conocimiento en Sostenibilidad Territorial y Ambiental.

El Servicio de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR