DECRETO FORAL 115/2003, de 19 de mayo, por el que se regula el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 115/2003, de 19 de mayo, por el que se regula el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

La publicidad de las normas es un principio recogido en el Artículo 9.3 de la Constitución y se constituye como un requisito esencial para la eficacia de las normas así como una garantía para la seguridad jurídica.

En Navarra se comenzó a publicar el 1 de marzo de 1838 lo que entonces se denominó Boletín Oficial de Pamplona, de conformidad con el establecimiento en cada capital de provincia de un diario o boletín, efectuada por Real Orden de 20 de abril de 1833. A partir de 1847 pasó a denominarse Boletín Oficial de la Provincia de Navarra hasta el año 1975 en el que se convirtió en BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Sorprende la inexistencia de una normativa propia reguladora del BOLETIN OFICIAL de Navarra. Sólo el Acuerdo de la Diputación Foral de fecha 26 de agosto de 1982, a los solos efectos de acomodar dicha publicación a la entonces reciente Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, y otro Acuerdo de 3 de abril de 2000, por el que se adicionó al BOLETIN OFICIAL de Navarra una Sección, denominada "Consejo de Navarra", en cumplimiento del Artículo 2.3 del Reglamento orgánico de dicha institución, constituyen las únicas disposiciones relativas a este asunto.

El BOLETIN OFICIAL de Navarra ha de acomodarse a las nuevas circunstancias sociales y tecnológicas. Además de constituirse como la publicación oficial de la Comunidad Foral, a la que se acude tradicionalmente y de forma legal para conocimiento de las normas y su entrada en vigor, la propia Administración Foral ha de asumir ahora el nuevo papel de conseguir una publicación activa hacia el ciudadano, utilizando las nuevas tecnologías al uso para la comunicación verbal y escrita. El correo electrónico, la firma digital, la difusión a través de internet, etc., son aspectos que la Administración de la Comunidad Foral no puede ni debe dejar de conocer, asumir y potenciar. De este modo, se conseguirá un mayor acercamiento entre la Administración de Navarra y el ciudadano, a la vez que un mayor y efectivo conocimiento de las normas por parte de éste.

En su virtud, de acuerdo con el dictamen emitido por el Consejo de Navarra, y a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el día diecinueve de mayo de dos mil tres,

DECRETO:

CAPITULO PRIMERO
Disposiciones generales Artículos 1 a 11
Artículo 1 º 1

Se denomina "BOLETIN OFICIAL de Navarra" -BON- al medio oficial a través del cual la Comunidad Foral de Navarra da publicidad, en los supuestos previstos expresamente en el ordenamiento jurídico, a las disposiciones generales y actos de los poderes públicos que sean de inserción obligatoria, así como aquellos actos de particulares que deban ser publicados para su eficacia jurídica y/o conocimiento.

  1. Los textos publicados en el BOLETIN OFICIAL de Navarra tienen la consideración de oficiales y auténticos.

  2. El Gobierno de Navarra podrá acordar la publicación de informes, documentos o comunicaciones cuya difusión sea considerada de interés general.

Artículo 2 º Corresponde al Servicio de BOLETIN OFICIAL de Navarra, adscrito a la Dirección General de Presidencia del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra, la gestión, edición, distribución y difusión del BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Artículo 3 º 1

El BOLETIN OFICIAL de Navarra se publicará con la periodicidad que determine el Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, editándose al menos tres números ordinarios por semana. En atención a las necesidades de publicación, se podrán editar números extraordinarios y suplementos, así como separatas que contengan algún documento que por su especial interés deba hacerse llegar a un mayor número de personas.

  1. La edición del BOLETIN OFICIAL de Navarra se realizará en soporte...

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