ORDEN FORAL 1680/2003, de 15 de diciembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Andosilla, referente a la Normativa en Suelo no Urbanizable, promovido por el Ayuntamiento.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 1680/2003, de 15 de diciembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Andosilla, referente a la Normativa en Suelo no Urbanizable, promovido por el Ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Andosilla ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con la determinación que se especifica en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Andosilla, referente a la Normativa en Suelo no Urbanizable, promovido por el Ayuntamiento, con la siguiente determinación:

    _Se elaborará, en un plazo máximo de tres meses, un nuevo documento, denominado Texto Refundido, en el que se recoja la expresión "categoría de preservación, subcategoría de suelo de valor para la explotación natural (mediana productividad agrícola ganadera)" sustituyendo a la expresión "mediana productividad agrícola".

  2. Señalar que contra esta Orden Foral se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso...

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