ORDEN FORAL 7/2008, 21 de enero, del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio por la que se dispone la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, del la Orden Foral 398/2007 de 27 de julio, del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el 'Plan de Conjunto Obanos-Puente la Reina/Gares...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante la precitada Orden Foral 398/2007 se aprobó definitivamente el "Plan de Conjunto Obanos-Puente la Reina/Gares para el desarrollo de un sector industrial y de servicios", promovido por Promociones Orayen, S.L. y Javier Angel López Iribarren, vinculando su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a la remisión de un Texto Refundido, en el que se incluyeran las determinaciones señaladas en dicha Orden Foral.

Habiéndose aportado el Texto Refundido exigido y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, procede la publicación de la citada Orden Foral de aprobación definitiva.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Disponer la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la Orden Foral 398/2007 de 27 de julio, del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el "Plan de Conjunto Obanos - Puente la Reina/Gares para el desarrollo de un sector industrial y de servicios", promovido por Promociones Orayen, S.L. y Javier Angel López Iribarren.

  2. El Proyecto de Urbanización deberá ser informado, previamente a su aprobación definitiva, por la Mancomunidad de Valdizarbe, Iberdrola, el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones y la Confederación Hidrográfica del Ebro.

  3. Señalar que contra esta Orden Foral se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra la presente modificación se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Orden Foral, tal como se dispone en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

  4. Trasladar la presente Orden Foral a los promotores, a los Ayuntamientos de Obanos y de Puente la Reina/Gares, a la Mancomunidad de Valdizarbe, a...

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