ORDEN FORAL 912/1996, de 2 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el Plan Parcial del Sector S.1, paraje La Sarda, de Castejón, promovido por el Ayuntamiento.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 912/1996, de 2 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el Plan Parcial del Sector S.1, paraje La Sarda, de Castejón, promovido por el Ayuntamiento.Boletín Oficial de Navarra Número 112 - Fecha 16/09/1996

Por Orden Foral 890/1966, de 22 de agosto, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, se aprobó definitivamente una modificación de las Normas Subsidiarias de Castejón en el paraje de "La Sarda".

El Ayuntamiento de Castejón ha tramitado paralelamente el Plan Parcial del Sector S.1, que afecta al mismo paraje.

El Plan Parcial es coherente con la modificación de las Normas Subsidiarias, sin perjuicio de que procede incorporar a su contenido una serie de determinaciones.

Por ello, a la vista del informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en virtud de la Disposición Transitoria segunda de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el Plan Parcial del Sector S.1, paraje La Sarda, de Castejón, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

  2. Señalar al Ayuntamiento de Castejón que procede incorporar en un texto refundido de dicho Plan Parcial, las siguientes determinaciones:

    -Emplazamiento para servicios de interés público y social. Según el anexo al Reglamento de Planeamiento "Reservas de suelo para dotaciones en Planes Parciales", debe dedicarse a estos fines, al menos, un 4 por ciento de la superficie total ordenada destinada a usos terciarios.

    -Señalamiento de rasantes.

    -En el caso de que alguna de las instalaciones a implantar responda a la categoría de instalaciones comerciales de gran superficie, conforme a lo previsto en el Decreto Foral 154/1993, de 10 de mayo, por el que se regula la implantación territorial y urbanística de las instalaciones comerciales de gran superficie, se ajustarán en cuanto a procedimiento, documentación y demás determinaciones, a lo establecido en dicho Decreto Foral.

    -El proyecto de urbanización correspondiente, se desarrollará de acuerdo a las determinaciones de la Ley...

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