ORDEN FORAL 298/2002, de 18 de junio, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se resuelve con carácter definitivo la convocatoria para la redistribución de profesorado y provisión de puestos de trabajo correspondientes a funcionarios docentes pertenecientes a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de ...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 2/2002, de 2 de enero, del Consejero de Educación y Cultura, (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 13, de 30 de enero de 2002) se aprueba la convocatoria para la redistribución de profesorado y provisión de puestos de trabajo correspondientes a funcionarios docentes pertenecientes a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, así como de los Cuerpos que imparten Enseñanzas Artísticas y de Idiomas.

Por Resolución 610/2002, de 15 de mayo, del Director del Servicio de Recursos Humanos, se resuelve provisionalmente la convocatoria para la redistribución de profesorado y provisión de puestos de trabajo correspondientes a funcionarios docentes pertenecientes a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, así como de los Cuerpos que imparten Enseñanzas Artísticas y de Idiomas.

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y renuncias, procede elevar a definitiva la resolución provisional de la convocatoria, de conformidad con la Base Decimonovena de la convocatoria.

En su virtud, de conformidad con las atribuciones conferidas por Decreto Foral 165/1996, de 1 de abril,

ORDENO:

  1. Adjudicar destino definitivo en virtud de la convocatoria de redistribución de profesorado y provisión de puestos de trabajo aprobada por Orden Foral 2/2002, de 2 de enero, del Consejero de Educación y Cultura, a los funcionarios de los Cuerpos Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, así como de los Cuerpos que imparten Enseñanzas Artísticas y de Idiomas, que figuran en el Anexo I de la presente Orden Foral en los Centros que asimismo se indican.

  2. Declarar en expectativa de destino a los Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, así como de los Cuerpos que imparten Enseñanzas Artísticas y de Idiomas, que figuran en el Anexo II de la presente Orden Foral.

  3. El profesorado que, estando obligado a participar en la presente convocatoria, no haya obtenido destino definitivo, estará obligado a participar en los sucesivos concursos de traslados que se convoquen hasta obtener un destino definitivo.

  4. Los destinos adjudicados mediante la presente Orden Foral son irrenunciables. La toma de posesión de los mismos tendrá lugar el día 1 de septiembre de 2002, cesando en el de procedencia el último día del mes de agosto.

  5. Los funcionarios participantes en esta convocatoria que hayan presentado documentación acreditativa de méritos podrán retirarla, por sí o por persona debidamente autorizada, en el Negociado de Información y Documentación del Departamento de Educación y Cultura, en el plazo de un mes contado a partir de la finalización del plazo previsto en el apartado siguiente.

  6. Contra la presente Orden Foral y sus anexos cabe la interposición de recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación.

  7. Publicar la presente Orden Foral y sus Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  8. Trasladar la presente Orden Foral y sus Anexos a Secretaría Técnica, a la Sección de Personal del Servicio de Recursos Humanos, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios y al Negociado de Información y Documentación, a los efectos oportunos.

Pamplona, dieciocho de junio de dos mil dos.-El Consejero de Educación y Cultura, Jesús María Laguna Peña.

ANEXO I

D.N.I. APELLIDOS Y NOMBRE CENTRO/DESTINO ESPECIALIDAD

CUERPO 590. CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA

016225018...

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