DECRETO FORAL 156/2000, de 17 de abril, por el que se establece el Plan de Actuación para el año 2000 de los servicios de la Administración de Justicia dependientes de la Comunidad Foral de Navarra, en el marco de la Disposición Adicional 9.ª del Real Decreto 1616/1989, de 29 de diciembre.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 156/2000, de 17 de abril, por el que se establece el Plan de Actuación para el año 2000 de los servicios de la Administración de Justicia dependientes de la Comunidad Foral de Navarra, en el marco de la Disposición Adicional 9.ª del Real Decreto 1616/1989, de 29 de diciembre.

Con fecha 1 de octubre de 1999 han tenido efectividad los traspasos de medios personales al servicio de la Administración de Justicia en Navarra. En concreto el Real Decreto 812/1999, de 14 de mayo, detalla el personal de los Cuerpos Nacionales de Oficiales, Auxiliares y Agentes Judiciales.

Para dicho personal siguen siendo enteramente de aplicación los Reglamentos Orgánicos que regulan sus Cuerpos, de conformidad con las prescripciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

La Disposición Adicional 9a del Real Decreto 1616/1989, de 29 de diciembre, en su actual redacción aprobada por el Real Decreto 668/1999, de 23 de abril, establece la posibilidad de implantar Planes de Actuación sometidos a las siguientes condiciones:

-Su finalidad debe ser lograr la modernización y mejora de la prestación del servicio de Justicia, como servicio público, es decir, mejora perceptible para el ciudadano.

-El Gobierno de Navarra sólo los podrá establecer respecto al personal afectado por el traspaso a Navarra y correspondiente a los Cuerpos de funcionarios incluidos en dicha Disposición.

-Son potestativos, de carácter anual y, si se implantan, debe hacerse previa negociación con las Centrales Sindicales más representativas y las asociaciones profesionales, si las hubiere, y oído el Consejo General del Poder Judicial.

-Deben fijarse los órganos concretos afectados, los funcionarios afectados, los objetivos concretos a alcanzar, y las cuantías económicas individualizadas a percibir.

-Para el cumplimiento de los citados objetivos podrá establecerse un complemento mensual, cuya percepción podrá suspenderse en caso de incumplimiento.

En virtud de los antecedentes expuestos, previa negociación con las Centrales Sindicales más representativas del personal de la Administración de Justicia afectado, y oído el Consejo General del Poder Judicial, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el día diecisiete de abril de dos mil,

DECRETO:

Artículo 1 º Plan de actuación.

Se aprueba el Plan de Actuación para el año 2000 de los servicios de la Administración de Justicia dependientes de la Comunidad Foral, que se incorpora como anexo a este Decreto Foral.

Artículo 2 º Compensación económica.
  1. Durante el año 2000 se suplementarán las retribuciones de los Oficiales, Auxiliares y Agentes Judiciales destinados en los órganos dependientes del Tribunal Superior de Justicia y Ministerio Fiscal de Navarra, en la cuantía que se señala a continuación y referida a puntos del Complemento de Destino, de acuerdo con la cuantía que en dicho año tenga asignado cada punto:

    CUERPO 2000

    Oficiales 6

    Auxiliares 6

    Agentes 6

    Dichos puntos se abonarán de forma lineal a todos los funcionarios correspondientes a los Cuerpos respectivos.

  2. Las cantidades correspondientes serán igualmente percibidas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR