ORDEN FORAL 33/2005, de 28 de febrero, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de 'Convenios con Federaciones Deportivas de Navarra' para el año 2005.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 33/2005, de 28 de febrero, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de "Convenios con Federaciones Deportivas de Navarra" para el año 2005.

La Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos y en su artículo 4.º establece la posibilidad de instrumentar convenios de colaboración con distintas Entidades.

La Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra en su artículo 6, apartado 1 establece que a la Administración Deportiva de la Comunidad Foral a través del Instituto Navarro de Deporte y Juventud le corresponderá la planificación y ejecución de la política en materia deportiva del Gobierno de Navarra. En la letra e) del apartado 2 se señala, entre sus competencias, la de coordinar y tutelar a las federaciones deportivas de Navarra en el ejercicio de las funciones públicas que tengan delegadas, sin menoscabo de su actividad privada.

La citada Ley Foral, en su artículo 33, letra a), indica que la Administración deportiva de la Comunidad Foral podrá conceder subvenciones a las federaciones deportivas de Navarra, instrumentalizadas a través de acuerdos o convenios de colaboración, que establecerán las bases de las mismas.

Finalmente, esta misma Ley Foral, en su artículo 42, apartado 1, establece como principal objeto de las federaciones deportivasde Navarra el de promover y desarrollar la práctica de las modalidades deportivas reconocidas en el ámbito de la Comunidad Foral; en su apartado 4 indica que además de sus funciones propias ejercen por delegación funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes colaboradores de la Administración de la Comunidad Foral.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral,

ORDENO:

  1. Aprobar las Bases Reguladoras de la Convocatoria de Convenios con Federaciones Deportivas de Navarra para el año 2005, incluidas como Anexo 1.º de esta Orden Foral.

  2. Aprobar los criterios y baremo a utilizar para resolver la convocatoria anteriormente citada para el año 2005, incluidos como Anexo II de esta Orden Foral.

  3. Autorizar un gasto total de 1.790.000 euros, para hacer frente a esta Convocatoria de Convenios para el año 2005, con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el año 2005, desglosado en las cantidades y partidas presupuestarias siguientes:

    1.400.000 euros con cargo a la Partida Económica número 940002-95120-4810-336100, denominada "Subvenciones a Federaciones".

    350.000 euros con cargo a la Partida Económica número 940002-95120-4810-336103, denominada "Centros de tecnificación deportiva".

    40.000 euros con cargo a la Partida Económica número 940002-95120-7810-336100, denominada "Equipamiento de las federaciones deportivas".

  4. Publicar la presente Orden Foral y sus Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y notificarla al Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a los efectos oportunos.

    Pamplona, 28 de febrero de 2005._El Consejero de Bienestar Social,Deporte y Juventud, José Ignacio Palacios Zuasti.

ANEXO 1º

B a s e s

  1. _Objeto.

    1.1. El objeto de la presente convocatoria es establecer el régimen de convenios a suscribir entre el Instituto Navarro de Deporte y Juventud y las federaciones deportivas de Navarra.

    1.2. Los Convenios tendrán como objetivo prioritario intensificar la actividad deportiva en Navarra, ayudando a las federaciones en su funcionamiento y realización de sus actividades y potenciando aquellas actividades que se consideren de particular interés.

    1.3. En dichos Convenios se delegarán las funciones administrativas correspondientes, se determinarán los objetivos y se establecerán las ayudas a las federaciones deportivas de Navarra para el desarrollo de sus programas.

  2. _Requisitos de las federaciones.

    2.1. Estar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Navarra.

    2.2. Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias.

    2.3. Llevar un régimen de contabilidad de acuerdo al Plan General Contable adaptado a las federaciones deportivas de Navarra, aprobado por la Orden Foral 91/2003, de 12 de diciembre, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

  3. _Presentación de solicitudes.

    3.1. La solicitud de suscripción de convenio se presentará en el Registro del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

    3.2. La solicitud deberá ir dirigida al Instituto Navarro de Deporte y Juventud del Departamento de Bienestar Social Deporte y Juventud, indicando en la misma "para la Convocatoria de Convenios con federaciones deportivas de Navarra".

    3.3. Podrán solicitarse ayudas para los apartados que se relacionan a continuación:

    1. Administración y Gestión.

    2. Actividades oficiales de ámbito navarro.

    3. Actividades oficiales de ámbito nacional.

    4. Actividades de Promoción.

    5. Equipamiento.

    6. Programas del Centro de TecnificaciónDeportiva de Navarra.

    7. Formación.

      3.4. Plazo de solicitud.

      Las solicitudes se presentarán en el Registro del Instituto Navarro de Deporte y Juventud directamente o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en el plazo de 30 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Las solicitudes que se presenten a través de la oficina de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación. Las solicitudes presentadas con anterioridad a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Orden Foral se tramitarán de acuerdo al contenido de la misma.

      3.5. La solicitud se acompañará de los siguientes documentos:

    8. Documentación acreditativa de lo estipulado en el apartado 2.

    9. Proyecto anual de actividades, con su presupuesto detallado,aprobado por la Asamblea General de la federación, con arreglo a...

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