ORDEN FORAL 228/1996, de 12 de junio, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de becas a deportistas no profesionales de alto nivel.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 228/1996, de 12 de junio, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de becas a deportistas no profesionales de alto nivel.Boletín Oficial de Navarra Número 79 - Fecha 01/07/1996

La promoción y apoyo al deporte de alta competición es uno de los objetivos del Departamento de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, en el Programa de promoción de la práctica deportiva.

El otorgamiento de ayudas económicas a los deportistas de alto nivel para mejorar sus condiciones de entrenamiento y fomentar su actividad deportiva es una de las acciones que contribuyen directamente al logro de este objetivo.

El Decreto Foral 594/1995, de 18 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones en materia de Deporte y Juventud, establece un nuevo marco e introduce modificaciones en el contenido de su regulación y dispone que dichas subvenciones serán objeto de convocatoria pública mediante Orden Foral.

Con el fin de adecuar la convocatoria a la nueva regulación y marco establecido facilitar la actuación de los deportistas de alto nivel y teniendo en cuenta la derogación de la anterior Orden Foral 336/1995, de 26 de abril, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Vivienda sobre becas a deportistas de alto nivel, en virtud de la disposición derogatoria del Decreto Foral 594/1995, de 18 de diciembre, es necesario aprobar una nueva Orden Foral, que establezca las bases de la convocatoria de subvenciones a los mismos.

En consecuencia conforme al artículo 4 y en uso de las facultades conferidas en la Disposición Final Primera del Decreto 594/1995, de 18 de diciembre,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de becas a deportistas no profesionales de alto nivel y su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, conforme a las bases que se incluyen como anexo a la presente Orden Foral.

  2. Se faculta al Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud para establecer anualmente un baremo para valorar las solicitudes presentadas.

  3. Trasladar la presente Orden Foral al señor interventor delegado del Departamento de Economía y Hacienda, al Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a su Sección de Cooperación con Federaciones y Entidades, a la Subdirección de Deporte, y al BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

  4. La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona...

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