ORDEN FORAL 42/1998, de 25 de mayo, del Consejero de Presidencia e Interior, por la que se desarrolla la estructura orgánica de la Dirección General de Interior a nivel de Negociados.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 42/1998, de 25 de mayo, del Consejero de Presidencia e Interior, por la que se desarrolla la estructura orgánica de la Dirección General de Interior a nivel de Negociados.Boletín Oficial de Navarra Número 69 - Fecha 10/06/1998

Por Decreto Foral 473/1996, de 30 de septiembre, modificado por Decreto Foral 128/1998, de 20 de abril, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Presidencia e Interior hasta el nivel orgánico de Sección.

Dicha estructura precisa ahora un desarrollo a nivel de Negociados.

En su virtud, y de conformidad con el artículo 50.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad foral,

ORDENO:

Artículo 1 º Se suprime el Negociado de Asociaciones, el Negociado de Prevención y el Negociado de Conciertos y Ayudas, de la Dirección General de Interior.
Artículo 2 º 1

El Negociado de Juego y el Negociado de Divulgación quedan adscritos al Servicio de Asistencia Jurídica y Administrativa de Interior.

  1. El Negociado de Gestión Económica y el Negociado de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas quedan adscritos a la Sección de Asuntos Generales.

  2. El Negociado de Infraestructura Técnica queda adscrito a la Sección de Recursos Técnicos e Infraestructura.

  3. Estos Negociados ejercerán las mismas funciones que tenían encomendadas hasta ahora.

Artículo 3 º 1

Se crea el Negociado de Atención de Emergencias, adscrito a la Sección de atención de Emergencias y Planificación.

  1. El Negociado de Atención de Emergencias ejercerá las siguientes funciones:

Recibir las llamadas de demanda de auxilio y socorro de los ciudadanos y valorar, clasificar y asignar prioridades a cada tipo de demanda.

Identificar la naturaleza del suceso o del accidente, determinar las medidas a adoptar, movilizar los recursos que resulten adecuados para la prestación del auxilio requerido, según los protocolos y procedimientos de movilización preestablecidos, o conforme a las instrucciones que puedan recibirse, y alertar a los responsables de los servicios, o a las autoridades oportunas, en los casos que así se haya establecido.

Recibir información de los servicios y recursos movilizados e...

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