ORDEN FORAL 184/2008, de 29 de abril, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se desarrolla la estructura del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, a nivel de negociados.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte hasta el nivel de Secciones.

La nueva estructura del Departamento hace necesario adaptar a la misma la actual estructura de negociados para una mayor coordinación y eficacia de las unidades.

En este sentido, la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en su artículo 24.4 establece que los Negociados y otras unidades inferiores a las Secciones se crearán, modificarán y suprimirán mediante Orden Foral del Consejero titular del Departamento en que hayan de integrarse dichas unidades.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

CAPITULO I Artículos 1 a 5

Estructura general

Artículo 1 La Secretaría General Técnica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte se estructura en los siguientes Negociados:

-Negociado de Igualdad y Gestión de Personal.

-Negociado de Contabilidad y Gestión Presupuestaria.

-Negociado de Tesorería.

-Negociado de Registro y Archivo.

-Negociado de Asuntos Administrativos.

Artículo 2 La Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo se estructura en los siguientes Negociados:
  1. Dependiendo del Servicio de Coordinación y Cooperación con las Entidades Locales:

    -Negociado de Servicios Sociales de Base.

  2. Dependiendo del Servicio de Incorporación Social:

    -Negociado de Pensiones.

  3. Dependiendo del Servicio de Calidad e Inspección:

    -Negociado de Autorizaciones, Registro e Inspección.

    -Negociado de Gestión y Control de Deuda.

  4. Dependiendo del Servicio de Planificación e Infraestructuras:

    -Negociado de Coordinación de Planes Generales.

    -Negociado de Coordinación de Planes Sectoriales.

    -Negociado de Producción y Difusión de Documentos de Planificación de Servicios Sociales.

  5. Dependiendo del Servicio de Cooperación Internacional al Desarrollo:

    -Negociado de Relaciones con Organizaciones No Gubernamentales.

Artículo 3 La Agencia Navarra para la Dependencia se estructura en los siguientes Negociados:
  1. Dependiendo de la Subdirección de Prestaciones para la Dependencia:

    -Negociado de Centros de Personas con Discapacidad.

    -Negociado de Centros de Personas de Tercera Edad.

    -Negociado de Coordinador-responsable de la Residencia Lur Gorri.

  2. Dependiendo de la Subdirección de Promoción de la Autonomía personal y Prevención de la Dependencia:

    -Negociado de Coordinación con Entidades.

    -Negociado de Coordinación del Personal Administrativo.

  3. Dependiendo de la Subdirección de Gestión y Recursos Humanos:

    -Negociado de Documentación de Conciertos.

    -Negociado de Gestión de Personal.

    -Negociado de Obras y Equipamientos.

    -Negociado de Suministros.

  4. Dependiendo de la Residencia El Vergel:

    -Negociado de Coordinación de Enfermería.

    -Negociado de Mantenimiento.

  5. Dependiendo del Centro San José:

    -Negociado de Jefatura Técnica de Programas.

    -Negociado de Coordinación de Cuidadores.

  6. Dependiendo de la Residencia Santo Domingo:

    -Negociado de Gestión Administrativa.

Artículo 4 La Dirección General de Familia, Infancia y Consumo se estructura en los siguientes Negociados:
  1. Dependiendo del Servicio de Promoción de la Familia.

    -Negociado de Familia.

  2. Dependiendo del Servicio de Promoción, Atención y Protección a la Infancia y Adolescencia.

    -Negociado de Atención a Menores en Dificultad Social.

    -Negociado de Atención a Menores en Conflicto Social y Reforma.

    -Negociado de Acogimiento Familiar y Adopción Nacional.

    -Negociado de Adopción Internacional.

  3. Dependiendo del Servicio de Consumo:

    -Negociado de Inspección de Consumo.

    -Negociado de Asistencia Administrativa.

Artículo 5 Se suprimen los siguientes Negociados:
  1. En la Secretaría General Técnica:

    -Negociado de Gestión de Personal y Coordinación Administrativa.

    -Negociado de Sistemas Informáticos.

  2. En la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo:

    -Negociado de Coordinación de los Servicios Sociales de Base.

    -Negociado de Atención a la Población Inmigrante y de Minorías Etnicas.

    -Negociado de Apoyo Administrativo a Atención Primaria e Inclusión Social.

  3. En la Agencia Navarra para la Dependencia:

    -Negociado de Centros para Personas con Discapacidad Intelectual.

    -Negociado de Ingresos en Centros de Tercera Edad.

    -Negociado de Personas con Discapacidad Física y Enfermedad Mental.

    -Negociado de Programas de Asociacionismo y Programas de Tercera Edad.

    -Negociado de Promoción y Desarrollo del Voluntariado en Servicios Sociales.

    -Negociado de Asociacionismo y Programas de Personas con Discapacidad.

    -Negociado de Inversiones en Servicios Sociales.

    -Negociado de Gestión Administrativa de la Residencia El Vergel.

  4. En la Dirección General de Familia, Infancia y Consumo:

    -Negociado de Asistencia Jurídica.

CAPITULO II Artículos 6 a 10

Negociados de la Secretaría General Técnica

Artículo 6 El Negociado de Igualdad y Gestión de Personal queda adscrito a la Secretaría General Técnica y ejercerá las siguientes funciones:
  1. Cooperar con las Direcciones Generales y organismos autónomos del Departamento en el desarrollo de los Planes de Igualdad de oportunidades del Departamento.

  2. Incluir la perspectiva de género en la elaboración de las estadísticas y estudios que se elaboren desde el Departamento.

  3. La elaboración de los informes y memorias de impacto por razón de sexo en aquellos expedientes en los que sea preciso o así se estime conveniente.

  4. La coordinación con el Instituto Navarro para la Igualdad en materia de igualdad.

  5. La apertura, mantenimiento y actualización de los expedientes del personal del Departamento.

  6. Tramitar, en colaboración con la Sección de Asuntos Económicos y Régimen Administrativo, los documentos relativos a gastos de personal que se pagan por nómina.

  7. La gestión administrativa ordinaria de los asuntos relativos al personal adscrito al Departamento.

  8. La inspección y control del cumplimiento de la normativa en materia de personal.

  9. El control de la asistencia y puntualidad del personal del Departamento.

  10. El control del gasto racional en las horas extraordinarias, dietas, locomoción y gastos variables.

  11. La tramitación de los asuntos que deban ser objeto de inclusión en el orden del día de las Sesiones de Gobierno.

  12. La asistencia administrativa del Secretario General Técnico.

  13. La gestión y tramitación de las quejas y sugerencias recibidas en materias propias de las Direcciones Generales del Departamento así como de la Agencia Navarra para la Dependencia.

  14. Cualquier otra, similar o complementaria de las anteriores, que le sea encomendada por la Secretaría General Técnica del Departamento.

Artículo 7 El Negociado de Contabilidad y Gestión Presupuestaria queda adscrito a la Sección de Gestión Presupuestaria y ejercerá las siguientes funciones:
  1. Elaborar los documentos de pago y cobro inherentes a la ejecución de los presupuestos de las Direcciones Generales del Departamento y de la Agencia Navarra para la Dependencia, realizando todas las comprobaciones necesarias previas relativas a saldos.

  2. Realizar el seguimiento de las líneas plurianuales.

  3. Colaborar con las diferentes unidades administrativas de las Direcciones Generales del Departamento y de la Agencia Navarra para la Dependencia en relación con la elaboración de los documentos de cobro y pago inherentes a la ejecución de los presupuestos.

  4. Desarrollar información en materia contable y presupuestaria para la realización de los informes económicos que se precisen.

  5. Cualquier otra función similar o complementaria de las descritas que le sea encomendada por la Sección de Gestión Presupuestaria.

Artículo 8 El Negociado de Tesorería queda adscrito a la Sección de Gestión Presupuestaria y ejercerá las siguientes funciones:
  1. Llevar a cabo la gestión y el control de los anticipos de caja fija relativos a las Direcciones Generales del Departamento y a la Agencia Navarra para la Dependencia.

  2. Llevar a cabo la gestión administrativa y el control del material de oficina de las Direcciones Generales del Departamento y de la Agencia Navarra para la Dependencia.

  3. Llevar a cabo la gestión administrativa de los trabajos de imprenta de las Direcciones Generales del Departamento y de la Agencia Navarra para la Dependencia.

  4. Cualquier otra función similar o complementaria de las descritas que le sea encomendada por la Sección de Gestión Presupuestaria.

Artículo 9 El Negociado de Registro y Archivo queda adscrito a la Sección de Régimen Jurídico y ejercerá las siguientes funciones:
  1. Las contenidas en el artículo 5 del Decreto Foral 137/2002, de 24 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro General del Gobierno de Navarra.

  2. Distribuir a las Secciones de las Direcciones Generales del Departamento así como de la Agencia Navarra para la Dependencia los expedientes y documentos que sean de su competencia.

  3. Organizar y mantener el Archivo de expedientes de las Direcciones Generales del Departamento así como de la Agencia Navarra para la Dependencia.

  4. Cualquier otra función similar o complementaria de las descritas que le sea encomendada por la Sección de Régimen Jurídico.

Artículo 10 El Negociado de Asuntos Administrativos queda adscrito a la Sección de Régimen Jurídico y ejercerá las siguientes funciones:
  1. Coordinar las actuaciones encaminadas a la preparación de las...

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