DECRETO FORAL 81/2004, de 16 de febrero, por el que se modifica y desarrolla el Decreto Foral 206/2003, de 4 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 81/2004, de 16 de febrero, por el que se modifica y desarrolla el Decreto Foral 206/2003, de 4 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

Por LeyForal 31/2003, de 17 de junio, se creó el Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, cuya estructura orgánica se estableció por Decreto Foral 206/2003, de 4 de julio, modificado por Decreto Foral 473/2003, de 11 de agosto.

El funcionamiento de algunas de las unidades administrativas creadas en el antedicho Decreto Foral y su mejor adaptación a la realidad ha puesto de manifiesto la necesidad de proceder a la modificación de su denominación.

Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y visto dictamen del Consejo de Navarra de 17 de noviembre de 2003, procede desarrollar el Decreto Foral originario con la determinación de las funciones propias de cada una de las Secciones.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dieciséis de febrero de dos mil cuatro,

DECRETO:

CAPITULO I Artículos 1 a 4

Dirección General de Turismo y Promoción

Artículo 1 º Secciones del Servicio de Fomento y Ordenación del Sector Turístico.
  1. El Servicio de Fomento y Ordenación del Sector Turístico se estructura en las siguientes Secciones:

    _Sección de Ordenación.

    _Sección de Innovación y Calidad.

  2. La Sección de Ordenación ejercerá las siguientes funciones:

    _Estudio y elaboración de la normativa de desarrollo de la Ley de Turismo.

    _Calificación e inscripción de las empresas y actividades turísticas.

    _Gestión del Registro de Turismo.

    _Gestión las infraestructuras turísticas adscritas al Departamento.

    _Realización de los estudios y trabajos precisos para formular propuestas sobre posibles medidas o actuaciones para la ordenación y promoción del sector turístico.

    _Inspección y vigilancia de la actividad y del cumplimiento de la normativa turística.

    _Tramitación de las reclamaciones y denuncias relativas a la actividad turística, así como los expedientes sancionadores que procedan.

    _Cualesquiera otras que le atribuyan las disposiciones en vigor o se le encomienden para el adecuado cumplimiento de sus fines.

  3. La Sección de Innovación y Calidad ejercerá las siguientes funciones:

    _Tramitación las ayudas para el fomento de la actividad del sector turístico.

    _Estudio, formulación de propuestas y evaluación de los programas de calidad turística sectoriales y de destino.

    _Estudio, formulación de propuestas y evaluación de los proyectos de municipio turístico sostenible u otros similares.

    _Elaboración, gestión y seguimiento de los programas de creación de recursos turísticos por las entidades locales.

    _Elaboración, gestión y seguimiento de los planes plurianuales de actuación.

    _Tramitación de los Protocolos que se celebren con otras Administraciones sobre las materias anteriores.

    _Tramitación y evaluación de las ayudas para la creación de productos turísticos y la sensibilización de la población hacia el fenómeno turístico.

    _Gestión de los programas para el fomento la aplicación de las nuevas tecnologías de comunicación al sector turístico.

    _Gestión de los programas para el fomento para la aplicación de energías renovables en los establecimientos, así como, cuantas medidas sean convenientes para la preservación del medio ambiente en la actividad turística.

    _Seguimiento, comprobación y control de las ayudas concedidas

    _Cualesquiera otras que le atribuyan las disposiciones en vigor o se le encomienden para el adecuado cumplimiento de sus fines.

Artículo 2 º Secciones del Servicio de Promoción e Imagen Turística.
  1. El Servicio de Promoción e Imagen Turística se estructura en la siguiente Sección:

    _Sección de Promoción.

  2. La Sección de Promoción ejercerá las siguientes funciones:

    _Organizar y coordinar los trabajos entre los Negociados que dependen de la Sección.

    _Diseñar y ejecutar todas las actuaciones promocionales del Servicio, tales como Plan de Ferias, Plan de publicaciones, viajes de familiarización, presentaciones de Navarra fuera de Navarra, etc.

    _Diseñar y ejecutar el Plan de Publicidad.

    _Mantenimiento e impulso de las relaciones con el sector turístico.

    _Diseñar y ejecutar el Plan Integral de Formación en Turismo.

    _Incorporar y desarrollar el uso de las nuevas tecnologías en la promoción turística de Navarra.

    _Realizar los estudios y trabajos necesarios para la mejora e innovación del Servicio de Promoción e Imagen turística.

    _Coordinar la red de oficinas de turismo del Gobierno con las oficinas de turismo municipales y privadas de Navarra.

    _Implantar el plan para la obtención de la "Q" de calidad en las oficinas de turismo.

    _Diseñar, planificar y ejecutar el Plan Global de Señalización Turística de Navarra.

    _Diseño y puesta en marcha del observatorio económico y estadístico del turismo en Navarra.

    _Mantenimiento y actualización de las bases de datos y archivo fotográfico.

    _Cualesquiera otras que le atribuyan las disposiciones en vigor o se le encomienden para el adecuado cumplimiento de sus fines.

Artículo 3 º Secciones del Servicio de Bibliotecas.
  1. El Servicio de Bibliotecas se estructura en las siguientes Secciones:

    _Sección de Biblioteca General de Navarra.

    _Sección de Red de Bibliotecas.

  2. La Sección...

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