ORDEN FORAL 135/1998, de 28 de septiembre, del Consejero de Salud, por la que se desarrolla el Decreto Foral 241/1998, de 3 de agosto, sobre atención y seguimiento personalizados en la asistencia especializada y elección de médico especialista por los médicos de atención primaria.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Decreto Foral 241/1998, de 3 de agosto, sobre atención y seguimiento personalizados en la asistencia especializada y elección de médico especialista por los médicos de atención primaria del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, establece que las especialidades objeto de elección por parte de los médicos de atención primaria, contarán con coordinadores para la asistencia ambulatoria, siendo preciso definir las características propias de dicha responsabilidad.

El citado Decreto Foral, en su Disposición Final Tercera, faculta al Consejero de Salud para dictar las disposiciones precisas para su desarrollo y, en concreto en su Disposición Adicional Segunda, en lo concerniente al procedimiento de provisión de los coordinadores para la asistencia ambulatoria.

En su virtud,

ORDENO:

Artículo 1 º Cada uno de los Servicios o Secciones de las especialidades señaladas en el artículo 10.1 del Decreto Foral 241/98, contarán con un coordinador para la asistencia ambulatoria

Las especialidades señaladas en el artículo 10.2 del citado Decreto Foral contarán con un coordinador único para la asistencia ambulatoria en el Area de Pamplona.

Artículo 2 º Los coordinadores para la asistencia ambulatoria, de conformidad con los criterios asistenciales del Servicio o Sección implicados, realizarán las siguientes funciones:
  1. Elaborar las propuestas de programación personalizada de las consultas ambulatorias con la periodicidad y anticipación requerida por la Dirección del Centro.

  2. Realizar las adaptaciones precisas en los programas de citación de los médicos especialistas.

  3. Analizar las demandas generadas por cada centro de atención primaria y establecer contactos periódicos con los directores de los mismos, orientados a racionalizar la demanda.

  4. Asignar, en su caso, a los médicos especialistas, la relación específica con uno o varios equipos de atención primaria.

  5. Promover y colaborar en el establecimiento de acuerdos con atención primaria sobre criterios de derivación, protocolos diagnóstico-terapéuticos y racionalización de circuitos del...

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