ORDEN FORAL 284/2010, de 26 de abril, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se modifica la Orden Foral 68/2009, de 16 de febrero, por la que se desarrolla el Área de Seguridad Interior y Policía Administrativa del Cuerpo de la Policía Foral, a nivel de Brigadas y Grupos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 68/2009, de 16 de febrero, se desarrolló el Área de Seguridad Interior y Policía Administrativa del Cuerpo de la Policía Foral, a nivel de Brigadas y Grupos.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 21 de septiembre de 2009 se ordena la reducción del número de unidades orgánicas existentes en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, señalándose en el mismo que cada uno de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral debe proponer al Gobierno de Navarra la modificación de sus estructuras orgánicas respectivas. En concreto, al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior le corresponde reducir en 25 el número de unidades orgánicas.

La presente Orden Foral tiene por objeto, a la vista del citado Acuerdo, la fijación de la nueva estructura orgánica del Área de Seguridad Interior y Policía Administrativa de la Policía Foral de Navarra, a nivel de Brigadas y Grupos.

En su virtud, a propuesta del Director General de Interior, de conformidad con las facultades atribuidas por el artículo 12.2 del Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo único Modificación de la Orden Foral 68/2009, de 16 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se desarrolla el Área de Seguridad Interior y Policía Administrativa de la Policía Foral de Navarra, a nivel de Brigadas y Grupos.

Se modifican los artículos 3 y 8 y el Anexo de la Orden Foral 68/2009, de 16 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, que quedan redactados de la siguiente manera:

Artículo 3. Grupos.

Para la mejor especialización en la ejecución de sus tareas, la Brigada de Protección de Instalaciones y Detenidos se estructura en los siguientes grupos:

a) Grupo de Justicia.

b) Grupo de Parlamento.

c) Grupo de Palacio.

d) Grupo de Custodia y Traslado de Detenidos.

Artículo 8. Grupos.

Para la mejor especialización en la ejecución de sus tareas, la Brigada de Protección Medioambiental se estructura en los siguientes grupos:

a) Grupo Medio Ambiente 1.

b) Grupo Medio Ambiente 2.

ANEXO

UNIDAD ORGANIZATIVA

N.º AGENTE

EMPLEO

DESTINO

ÁREA DE SEGURIDAD INTERIOR Y POLICÍA ADMINISTRATIVA

23

COMISARIO

PAMPLONA

PRINCIPAL

DIVISIÓN DE SEGURIDAD INTERIOR

Brigada de Protección de Instalaciones

299

POLICÍA

PAMPLONA

130

POLICÍA

PAMPLONA

146

POLICÍA

PAMPLONA

496

POLICÍA

PAMPLONA

Grupo de Justicia

278

SUBINSPECTOR

PAMPLONA

302

SUBINSPECTOR

PAMPLONA

243

CABO

PAMPLONA

249

CABO

PAMPLONA

692

CABO

PAMPLONA

962

CABO

PAMPLONA

526

POLICÍA

PAMPLONA

527

POLICÍA

PAMPLONA

535

POLICÍA

PAMPLONA

621

POLICÍA

PAMPLONA

635

POLICÍA

PAMPLONA

643

POLICÍA

PAMPLONA

677

POLICÍA

PAMPLONA

...

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