ORDEN FORAL 93/2008, de 2 de mayo, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se designan los suplentes temporales de los Directores Generales y del Secretario General Técnico del Departamento.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
Mediante Orden Foral 352/2007, de 19 de octubre, se efectuó designación de los suplentes temporales de los Directores Generales del Departamento de Economía y Hacienda, así como del Secretario General Técnico. Habiéndose producido una sustancial modificación de la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda, procede dictar una nueva Orden Foral que reordene las suplencias temporales de los citados Directores Generales.
El artículo 41.2 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que el titular del Departamento designará a quien haya de suplir a los Directores Generales y al Secretario General Técnico en los casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal de los mismos.
De conformidad con el citado precepto legal.
ORDENO:
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Designar los siguientes suplentes temporales de los Directores Generales del Departamento en los casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal de los mismos:
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El Director General de Desarrollo Internacional y la Directora General de Presupuestos e Intervención suplirán, sucesivamente, al Director General de Política y Promoción Económica.
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El Director General de Política y Promoción Económica y el Director General de Patrimonio suplirán, sucesivamente, a la Directora General de Presupuestos e Intervención.
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El Director General de Patrimonio y el Director General de Política y Promoción Económica suplirán, sucesivamente, al Director General de Desarrollo Internacional.
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La Directora General de Presupuestos e Intervención y el Director General de Desarrollo Internacional suplirán, sucesivamente, al Director General de Patrimonio.
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El Secretario General Técnico del Departamento será suplido por el Jefe de la Sección de Régimen Jurídico y por el Jefe de la Sección de Régimen Administrativo, indistintamente, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento temporal del mismo.
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Notificar la presente Orden Foral a los interesados y a la Intervención Delegada.
Queda derogada la Orden Foral 352/2007, de 19 de octubre...
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