ORDEN FORAL 66/2000, de 11 de mayo, de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo por la que se regulan las ayudas directas a fondo perdido para la informatización de las pequeñas empresas del sector de la distribución comercial de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 66/2000, de 11 de mayo, de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo por la que se regulan las ayudas directas a fondo perdido para la informatización de las pequeñas empresas del sector de la distribución comercial de Navarra.

El Decreto Foral 4/1995, de 16 de enero, por el que se regulan las ayudas para la mejora de la competitividad de las pequeñas empresas comerciales de Navarra, prevé en su artículo 12 que, mediante Orden Foral, se podrán formular programas de ayudas para la adquisición de determinados equipamientos de especial relevancia para la modernización y mejora de la competitividad de las pequeñas empresas comerciales.

En ejercicio de tales atribuciones, por Orden Foral de 18 de abril de 1995, se establecieron el procedimiento y los criterios de concesión de las ayudas directas a fondo perdido para la informatización de las pequeñas empresas comerciales de Navarra.

Asimismo, con objeto de posibilitar la mejora de la gestión y productividad, aprovechando las ventajas de las nuevas tecnologías, el Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, viene desarrollando el Plan de Informatización del Comercio en Navarra. Dicho Plan oferta a las pequeñas empresas de distribución una serie de acciones como cursos de informatización básica, de gestión de almacén, asesorías técnicas informáticas, implantaciones, información, jornadas de sensibilización., mediante una empresa adjudicataria con la que el Departamento contrata su realización.

Debido a las novedades introducidas en el Plan de Informatización del Comercio en Navarra, y a la vista de la experiencia acumulada en los últimos años, resulta conveniente modificar y adaptar las ayudas a las actuales circunstancias.

En su virtud,

ORDENO:

Artículo 1 º Objeto.

El objeto de estas ayudas es facilitar el acceso de las pequeñas empresas comerciales a nuevas tecnologías que mejoren su gestión y productividad, apoyando la adquisición de equipos y aplicaciones informáticas, según lo previsto en la presente Orden Foral.

Artículo 2 º Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas comerciales que cumplan los siguientes requisitos:

I.-Que más del 70% del importe de su cifra anual de negocios corresponda a actividades que pertenezcan al grupo 50.302 o las comprendidas entre el 52.1 y 52.6, de la CNAE-93 aprobada por el Real Decreto 1560/1992, de 18 de diciembre.

II.-Que para el ejercicio de la actividad no se requiera autorización o concesión administrativa especial.

III.-Que hayan venido ejerciendo la actividad comercial, en el momento de la solicitud de la ayuda, en la Comunidad Foral de Navarra, como mínimo durante el último año.

No se exigirá este requisito en los siguientes casos:

  1. Empresas que no lleven constituidas un año en el momento de la solicitud, siempre que el titular o alguno de los socios de la misma con al menos un 50% de participación, pueda demostrar el ejercicio directo de la actividad comercial durante un año ya sea de forma individual o en la sociedad de la que formaba parte.

  2. Los descendientes o colaterales de generación posterior, hasta el tercer grado de los titulares originarios, en los casos de traspaso generacional.

  3. Los trabajadores que demuestren una relación de servicios por cuenta ajena, como mínimo durante...

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