ORDEN FORAL 345/2003, de 4 de diciembre, del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, por la que se determinan los domingos y festivos que los comercios podrán permanecer abiertos al público en el 2004.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 345/2003, de 4 de diciembre, del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, por la que se determinan los domingos y festivos que los comercios podrán permanecer abiertos al público en el 2004.

La Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra, establece en el artículo 33.2 que: "Anualmente se establecerá por el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo, previa audiencia del Consejo Navarro Asesor de Comercio Minorista, antes del 15 de diciembre de cada año, el calendario que regirá al año siguiente comprensivo de los domingos y festivos que se consideren hábiles con un mínimo de nueve en 2001, diez en 2002, once en 2003 y doce en 2004".

Asimismo y de conformidad con lo preceptuado en el citado artículo 33.2 de la Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del Comercio en Navarra, el calendario propuesto por el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo se sometió al trámite de audiencia del Consejo Navarro Asesor de Comercio Minorista.

En su virtud,

ORDENO:

Artículo Unico

_Los domingos y días festivos que se consideran hábiles para el ejercicio de la actividad comercial en el año 2004 son: 4 de enero, 19 de marzo, 8 de abril, 12 de abril, 25 de julio, 15 de agosto, 3 de diciembre, 6 de diciembre, 8 de diciembre, 19 de diciembre, 26 de diciembre y 29 de noviembre en Pamplona, 26 de julio en Tudela, 28 de noviembre en Estella, y, en el resto de los municipios de Navarra, el día del Patrón de la...

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