ORDEN FORAL 367/2006, de 6 de octubre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el Estudio de Detalle de las parcelas EP-11 y DD-12 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Ecociudad de Sarriguren, promovido por los Hermanos Maristas.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 367/2006, de 6 de octubre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el Estudio de Detalle de las parcelas EP-11 y DD-12 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Ecociudad de Sarriguren, promovido por los Hermanos Maristas.

Por Orden Foral 189/2006, de 8 de junio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, se aprobó inicialmente el Estudio de Detalle de las parcelas EP-11 y DD-12 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Ecociudad de Sarriguren, promovido por los Hermanos Maristas.

Dicha Orden Foral fue publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 83, de 12 de julio de 2006, sometiéndose el citado Estudio de Detalle a información pública durante el plazo de veinte días.

Navarra de Suelo Industrial, S.A. presentó una alegación cuyo contenido se resume en:

  1. Solicitar mayor concreción en la definición de las rasantes de la urbanización interior de las parcelas, definiendo los encuentros con la urbanización ya ejecutada.

  2. Solicitar que no se considere la previsión de aparcamientos en el entorno inmediato de las parcelas.

Respecto del punto 1), se asume y se incorpora al documento un plano donde se definen con mayor detalle las rasantes referidas. Dado que no aporta variación sustancial respecto del documento expuesto no se considera necesaria nueva exposición pública.

Respecto del punto 2), se hace constar que el dibujo de las plazas de garaje fuera de las parcelas objeto del estudio de detalle no forma parte de su contenido, por lo que tal dibujo no tiene un carácter no preceptivo, ni constituye ninguna determinación urbanística.

En consecuencia, vistos los informes de los Servicios de Vivienda y de Ordenación del Territorio y Urbanismo y de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 43 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Resolver las alegaciones presentadas en el sentido expresado en la parte expositiva de esta Orden Foral.

  2. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de las parcelas EP-11 y DD-12 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Ecociudad de Sarriguren, promovido por los Hermanos Maristas.

  3. Señalar que contra...

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