ORDEN FORAL 152 /2011, de 28 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se delega el ejercicio de competencias en la persona titular de la Dirección Gerencia de Hacienda Tributaria de Navarra y se establece el régimen de su suplencia temporal.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Orden Foral 317/2007, de 20 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, se dispuso en favor de Hacienda Tributaria de Navarra un régimen general de delegación de competencias en el ámbito que es propio de los fines y objetivos específicamente asignados por su norma estatutaria, y se designaron los suplentes temporales del Director Gerente. Además, la Orden Foral 106/2009, de 15 de junio, del Consejero de Economía y Hacienda, efectuó algunos cambios en los suplentes de este último.

El acto de delegación encuentra su fundamento legal en el artículo 37 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, que posibilita la delegación del ejercicio de las competencias propias de los Consejeros en los órganos de los organismos públicos adscritos a su Departamento, siempre que este ejercicio sea compatible con el objeto y las finalidades del ente y que exista la aceptación previa por parte del organismo a cuyo favor se hace la delegación. Estas circunstancias se dieron en aquel caso.

Por otro lado, la designación de los suplentes se efectuó de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.2 de la citada Ley Foral 15/2004.

Diversos cambios han afectado a la materia que se contenía en la Orden Foral 317/2007, de 20 de septiembre.

En primer lugar, han incidido de manera sustantiva las modificaciones normativas llevadas a cabo en el artículo 70. 1.b) de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 24 del Decreto Foral 153/2001, de 11 de junio, por el que se desarrollan las disposiciones de la Ley Foral General Tributaria en materia de infracciones y sanciones tributarias de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, que han determinado la eliminación de la competencia del Consejero de Economía y Hacienda para la imposición de sanciones pecuniarias por infracciones simples y con ello la pérdida de vigencia de la delegación efectuada en este ámbito concreto.

Además, la última modificación de los Estatutos de Hacienda Tributaria de Navarra, llevada a cabo por el Decreto Foral 131/2011, de 24 de agosto, afecta también parcialmente al contenido de la Orden Foral 317/2007, de 20 de septiembre, pues los cambios producidos en su estructura orgánica requieren la correspondiente modificación del régimen de suplencia temporal establecido en el apartado 6.º de la citada Orden Foral.

Resulta aconsejable, por las razones expuestas, el dictado de una nueva...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR