Edicto de notificación

SecciónII - Administración Local de Navarra
Rango de LeyEdicto

Edicto de notificaciónBoletín Oficial de Navarra Número 114 - Fecha 22/09/1997

No habiendo podido notificarse al interesado la resolución que a continuación se inserta, se procede a la publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre:

Esta Alcaldía del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 26 de junio de 1997, adoptó la siguiente resolución:

"Vista la denuncia formulada por Policía Municipal a don Iñigo Santa Catalina Piedrola por orinar en la vía pública en Plaza del Castillo, 36, el día 22 de junio de 1997, a las 3,35 horas, he resuelto:

  1. -Incoar expediente sancionador a don Iñigo Santa Catalina Piedrola, a quien se considera responsable de la presunta infracción cometida, según consta en la denuncia a que se ha hecho referencia y de la que se da traslado al denunciado.

  2. -Señalar que tales hechos pudieran constituir una infracción administrativa a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 9, en relación con el artículo 27 de la Ley Foral de Salud.

    El artículo 29.2 de la Ley Foral de Salud y el 21.1.k de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local facultan a la Alcaldía para imponer sanciones por infracciones sanitarias y de Ordenanzas municipales.

    El artículo 29.1 de la Ley Foral de Salud en su remisión al artículo 36 de la Ley General de Sanidad, el 111 del Reglamento de las Haciendas Locales de Navarra y el 59 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local fijan las cuantías de las multas por infracciones sanitarias y de ordenanzas municipales.

  3. -Designar a don Jesús María Salinas Andueza, Secretario Técnico del Area de Protección Ciudadana, instructor del expediente incoado. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el interesado podrá promover la recusación del instructor nombrado.

  4. -Comunicar al presunto responsable que puede reconocer su responsabilidad, imponiéndosele la sanción...

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