Edicto de notificación. Ejecución de títulos judiciales 227/2012

SecciónVI - Administración de Justicia
Rango de LeyEdicto

Doña Rosa M.ª Valencia Ederra, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 227/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de María Luisa Balenzategui Muñoz, Francisco Javier Resano y Jorge Barrutia Larraz, contra la empresa Videna S.L., Cogesar Inversiones S.L., Dareta Inmuebles S.L., S.C. Isis Europa, S.R.L., Cogesar S.L. sobre Materias laborales individuales, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Parte Dispositiva

Primero.-Procede acumular a la presente ejecución la que se sigue en este mismo Juzgado con el número 237/12 frente a los mismos deudores Cogesar S.L.; Cogesar Inversiones S.L.; Dareta Inmuebles S.L.; S.C. Isis Europa S.R.L; Videna S.L, sin que dicha acumulación altere las preferencias que para el cobro de sus créditos puedan ostentar legalmente los diversos acreedores de las ejecuciones cuya acumulación se decreta en este acto. Llevese testimonio de la presente resolución a la referida ejecutoria.

Segundo.-Procede acordar la orden general de la ejecución instada por María Luisa Balenzategui Muñoz, Francisco Javier Resano Amatriain y Jorge Barrutia Larraz contra Cogesar Inversiones S.L.; Dareta Inmuebles S.L.; S.C. Isis Europa S.R.L; Videna S.L, y despachar la misma por un principal de 66.813,42 euros, más 4008,79 euros de intereses y 6681,33 euros de costas, sin perjuicio de ulterior liquidación de estos dos últimos conceptos.

Para la continuación de los trámites previstos en el artículo 551.3 de la L.E.C., estése al Decreto que dictará el Secretario Judicial y, para ello, consúltense las aplicaciones informáticas de las bases de datos de los distintos Registros y Organismos públicos a los que se tiene acceso.

Tercero.-He de acordar y acuerdo no acceder a la orden general y despacho de ejecución solicitada por María Luisa Balenzategui Muñoz, Francisco Javier Resano Amatriain y Jorge Barrutia Larraz contra Cogesar S.L., por encontrarse la parte demandada en situación de concurso, y ello sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda dar a los respectivos créditos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer el recurso de reposición previsto en el artículo 239.4 de la L.R.J.S en el plazo de tres días.

De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial...

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