ORDEN FORAL 64/2012, de 18 de junio, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden Foral 189/2011, de 5 de octubre, del Consejero de Educación, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
El Decreto Foral 132/2011, de 24 de agosto, establece la estructura orgánica del Departamento de Educación.
Mediante la Orden Foral 189/2011, de 5 de octubre, del Consejero de Educación, se establecieron la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación.
La presente Orden Foral tiene por objeto la modificación de varios artículos de la Orden Foral 189/2011, de 5 de octubre, para reorganizar la estructura de Negociados del Servicio de Idiomas y Enseñanzas Artísticas, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional y Universidades, y del Servicio de Infraestructuras Educativas, de la Dirección General de Recursos Educativos.
En su virtud, y en aplicación del artículo 24.4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
ORDENO:
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Se modifica el artículo 12 de la Orden Foral 189/2011, de 5 de octubre, del Consejero de Educación, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación, que queda redactado con el siguiente contenido:
Artículo 12. Estructura y adscripción de negociados.
1. El Servicio de Idiomas y Enseñanzas Artísticas se estructura en los siguientes Negociados:
-Negociado de Promoción y Didáctica de la Lengua Vasca.
-Negociado de EGA.
-Negociado de Programas de Aprendizaje en Lenguas Extranjeras.
-Negociado de Escuelas de Idiomas y Acreditación.
-Negociado de Coordinación de la Ciudad de la Música.
2. Los Negociados de Promoción y Didáctica de la Lengua Vasca, y de EGA se adscriben a la Sección de Lengua Vasca.
Los Negociados de Escuelas de Idiomas y Acreditación, y de Programas de Aprendizaje en Lenguas Extranjeras se adscriben a la Sección de Inglés y Otras Lenguas Extranjeras.
El Negociado de Coordinación de la Ciudad de la Música se adscribe a la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Gestión de la Ciudad de la Música.
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Se modifica el artículo 15 de la Orden Foral 189/2011, de 5 de octubre, del Consejero de Educación, que queda redactado con el siguiente contenido:
Artículo 15. Negociado de Programas de Aprendizaje en Lenguas Extranjeras.
El Negociado de Programas de Aprendizaje en Lenguas Extranjeras ejercerá las siguientes funciones:
-La planificación, puesta en marcha y seguimiento de los Programas de Aprendizaje en lenguas extranjeras de Educación Infantil y Primaria y de Secundaria.
-El asesoramiento y...
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