DECRETO FORAL 30/1999, de 2 de febrero, por el que se fija el tipo de interés efectivo aplicable a los préstamos cualificados para actuaciones protegibles de vivienda acogidos a los Acuerdos de Colaboración con entidades financieras de 1994.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 30/1999, de 2 de febrero, por el que se fija el tipo de interés efectivo aplicable a los préstamos cualificados para actuaciones protegibles de vivienda acogidos a los Acuerdos de Colaboración con entidades financieras de 1994.

El Decreto Foral 58/1994, de 7 de marzo, por el que se regulan las condiciones de los préstamos cualificados para actuaciones protegibles en materia de vivienda acogidos a los acuerdos de colaboración firmados en 1994, establece en su artículo 2.º que en el primer trimestre de 1999 se procedería a revisar el tipo de interés efectivo anual de esos préstamos (9,924759 por ciento) para el quinquenio siguiente mediante una fórmula allí contemplada y por medio de Decreto Foral.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dos de febrero de mil novecientos noventa y nueve,

DECRETO:

Artículo 1 º El tipo de interés efectivo anual sin subsidiar de los préstamos cualificados acogidos a los Acuerdos de Colaboración de 1994 con Entidades Financieras para la financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda será el 4,855 por ciento

En ningún caso las Entidades Financieras podrán aplicar un tipo anual efectivo...

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