DECRETO FORAL 31/1999, de 2 de febrero, por el que se fija el tipo de interés efectivo aplicable a los préstamos cualificados para actuaciones protegibles de vivienda acogidos a los Acuerdos de Colaboración con entidades financieras de 1996.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 31/1999, de 2 de febrero, por el que se fija el tipo de interés efectivo aplicable a los préstamos cualificados para actuaciones protegibles de vivienda acogidos a los Acuerdos de Colaboración con entidades financieras de 1996.

El Decreto Foral 185/1996, de 15 de abril, por el que se regulan las condiciones de los préstamos cualificados para actuaciones protegibles en materia de vivienda, acogidos a los acuerdos de colaboración firmados en 1996, estableció en su artículo 2.º que en el primer trimestre de 1999 se procedería a revisar el tipo de interés efectivo anual de esos préstamos (8,75 por ciento) para el quinquenio siguiente mediante una fórmula allí contemplada y por medio de Decreto Foral.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dos de febrero de mil novecientos noventa y nueve,

DECRETO:

Artículo 1 º El tipo de interés efectivo anual sin subsidiar de los préstamos cualificados acogidos a los Acuerdos de Colaboración de 1996 con Entidades Financieras para la financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda será el 4,855 por ciento

En ningún caso las Entidades Financieras podrán aplicar un tipo anual efectivo superior, con independencia de la...

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