ORDEN FORAL 154/1997, de 28 de noviembre, del Consejero de Salud, por la que se modifican las normas para la elección de representantes del personal en los órganos de gobierno y en las Juntas Técnico Asistenciales de los centros adscritos y órganos centrales y periféricos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Diferentes Decretos Forales han venido estructurando la composición y funcionamiento de los Organos de Gobierno de los Hospitales -Centros Sanitarios- del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, concretándose en Juntas de Gobierno, Juntas Técnico Asistenciales y Juntas Económicas. En dichos Decretos Forales se establece que tales órganos se componen, entre otros, de Vocales elegidos en representación de los distintos sectores del personal de plantilla de cada uno de los Hospitales-Centros Sanitarios y de entre la plantilla de Atención Primaria y Salud Mental.

La Orden Foral de 21 de marzo de 1996 del Consejero de Sanidad, desarrolla la normativa para la elección de representantes del personal en los Organos de Gobierno y en las Juntas Técnico Asistenciales de los centros adscritos y órganos centrales y periféricos.

El Decreto Foral 604/1995, de 26 de diciembre, por el que se modifica la estructura orgánica del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, creó, entre los órganos de dirección y participación de la Dirección de Atención Primaria y Salud Mental, la Junta Técnico Asistencial de Atención Primaria y la Junta Técnico Asistencial de Salud Mental.

A su vez, el Decreto Foral 607/1996, de 4 de noviembre de 1996, modifica la estructura orgánica establecida por Decreto Foral 604/1995, de 26 de diciembre.

El Decreto Foral 247/1996, de 17 de junio, modifica el artículo 36.1 del Decreto Foral 604/1995, de 26 de diciembre, que fijaba la composición de la Junta Técnico Asistencial de Atención Primaria.

Debiendo procederse a la...

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