ORDEN FORAL 2635/1999, de 26 de julio, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprueba definitivamente el proyecto de 'Ensanche y mejora de la carretera NA-160, Tudela-Fitero, tramo: Cintruénigo-Fitero'.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 2635/1999, de 26 de julio, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprueba definitivamente el proyecto de "Ensanche y mejora de la carretera NA-160, Tudela-Fitero, tramo: Cintruénigo-Fitero".

Por Orden Foral 1176/99, de 12 de abril, se aprobó técnicamente el proyecto de "Ensanche y mejora de la carretera NA-160, Tudela-Fitero, tramo: Cintruénigo-Fitero", sometiéndose a información pública, incluyendo la relación de bienes y derechos afectados por el mismo, durante 20 días hábiles, habiéndose publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 59, de 12 de mayo de 1999.

En dicho plazo se han recibido cinco alegaciones, que son las siguientes:

-Alegación número 1, presentada por el Ayuntamiento de Cintruénigo.

El Ayuntamiento de Cintruénigo, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de mayo de 1999, acordó por unanimidad presentar una única alegación en el sentido de que se contemple el arreglo de la carretera a su paso por Cintruénigo (Avenida de Merindades) y solicitar la incorporación al proyecto de la misma.

-Contestación:

El proyecto aprobado comienza en la intersección de la carretera NA-160 con la antigua carretera N-113 a su paso por Cintruénigo, actualmente denominada N-113b.

El arreglo de este tramo de la antigua N-113 a su paso por el casco urbano de Cintruénigo debe ser contemplado en un futuro arreglo de la travesía en su conjunto, con la renovación de redes, construcción de aceras, etc., actuaciones todas ellas que no son objeto de este proyecto, y que deberían ser promovidas expresamente por el Ayuntamiento de Cintruénigo.

-Alegación número 2, presentada por don Marcelino Aragón Trincado.

Don Marcelino Aragón Trincado, como propietario de la finca número 1, polígono 1, parcela 813, presenta una alegación con seis puntos en los que indica lo siguiente:

  1. No puede apreciar con exactitud las características de la obra a realizar en el terreno que le ha de ser expropiado ni la distribución en ancho y largo de los 12 metros cuadrados expropiados.

  2. La construcción proyectada ha de respetar el derecho de vistas en un radio de 3 metros desde la ventana existente en la planta de almacén de su vivienda. Asimismo, alega que se deberá construir un muro de hormigón por su menor espesor frente al muro de escollera proyectado, así como que se evitaría la transmisión de humedades hacia su vivienda con la construcción de dicho muro con hormigón.

  3. La acequia de riego a reponer en sustitución de la...

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