DECRETO FORAL 122/2008, de 15 de diciembre, por el que se regula el régimen específico del personal adscrito a la Dirección General de Interior con el puesto de trabajo de Conductor.
Fecha de Entrada en Vigor | 10 de Enero de 2009 |
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Decreto foral |
La prestación de servicios del personal adscrito a la Dirección General de Interior con el puesto de trabajo de Conductor, principalmente aquellos que desarrollan sus funciones al servicio de una Autoridad, tiene unas características específicas y diferentes a las establecidas con carácter general para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral que exigen su regulación.
Con el fin de que la regulación de este personal contemple todas las características de su régimen específico, además de los aspectos referentes a la prestación de sus servicios debe incluirse la concreción de su nivel de encuadramiento, las retribuciones complementarias que tienen asignadas como consecuencia de ese régimen específico y su sistema de acceso a los puestos de trabajo.
Por último, se regula la aplicación de un régimen transitorio para adaptar la situación actual a la regulación contenida en el presente Decreto Foral, tanto en lo que se refiere al personal que en la actualidad desempeña estas funciones como a las vacantes existentes en la plantilla orgánica.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, de acuerdo con el Consejo de Navarra, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día quince de diciembre de dos mil ocho,
DECRETO:
El objeto de este Decreto Foral es regular el régimen específico del personal adscrito a la Dirección General de Interior con el puesto de trabajo de Conductor, dentro del marco fijado por el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.
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La asignación de tareas y funciones a los Conductores, y entre ellas la correspondiente a los servicios de conducción de una determinada Autoridad, se realizará por el Director General de Interior en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5.1.a) del Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
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El régimen de prestación de servicios de los Conductores de la Dirección General de Interior será distinto en función de si están desempeñando o no funciones de conducción de una Autoridad.
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