ORDEN FORAL 284/1996, de 28 de noviembre, del Consejero de Salud, por la que se establece el programa de asistencia al enfermo diabético en Atención Primaria.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Orden Foral de 16 de noviembre de 1992 del Consejero de Salud creó una Comisión Asesora Técnica sobre Diabetes que ha venido trabajando sobre los criterios técnicos más adecuados de diagnóstico, tratamiento y educación para la salud así como para el seguimiento de los enfermos diabéticos, con el fin de homogeneizar los criterios de asistencia sanitaria a este tipo de pacientes en aras a alcanzar las mejores cotas de calidad asistencial, contribuyendo a su vez a la prevención terciaria de las complicaciones de la enfermedad, al evitar la precocidad de las mismas.

Los trabajos de la referida Comisión han dado como resultado un documento sobre la necesaria protocolización de la asistencia a los enfermos diabéticos que alcanza los objetivos de la Comisión y que son coincidentes con los objetivos de salud respecto a mejorar los años de vida libre de incapacidad en las enfermedades crónicas y satisface los objetivos 33, 34 y 35 del Plan de Salud de Navarra sobre reducción de las complicaciones diabéticas.

Se constata por otro lado que la elevada actividad asistencial a los enfermos diabéticos en atención primaria no se desarrolla como programa normalizado a todas las personas afectadas tal como se desprende del Diagnóstico de Salud de Navarra 1993 y del informe de la Comisión Técnica Asesora, siendo deseable la extensión de la cobertura en beneficio de los enfermos.

En consecuencia en aras a mejorar los objetivos de salud en la asistencia de los enfermos diabéticos en el ámbito de las estructuras de atención primaria (EAP) y mejorar el coste/efectividad de las actividades que se vienen efectuando, procede el orientar tales actividades hacia una protocolización, basada en la evidencia científica y en el consenso, si bien ello no ha de impedir la libertad de juicio y responsabilidad clínico-asistencial individual de los profesionales.

En su virtud,

ORDENO:

  1. La actividad asistencial de atención al enfermo diabético tendrá carácter de Programa en las estructuras de atención primaria a través del Protocolo elaborado por la Comisión Asesora Técnica sobre Diabetes del Departamento de Salud creada por Orden Foral de 16 de noviembre de 1992 del Consejero de Salud, sin perjuicio de la libertad de juicio y responsabilidad clínico-asistencial individual de los profesionales de la asistencia al enfermo.

  2. De acuerdo con la evidencia científica, el protocolo de la Comisión Asesora Técnica y los grupos operativos internacionales en servicios de prevención...

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