DECRETO FORAL 19/2004, de 26 de enero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 19/2004, de 26 de enero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

El artículo 50.1.a) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra establece que compete al Gobierno, a propuesta del Consejero correspondiente, la aprobación de la estructura orgánica de cada uno de los Departamentos. La estructura del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud está regulada en la actualidad por el Decreto Foral 222/2003, de 15 de julio.

La creación, mediante la Disposición Adicional Primera de la Ley Foral 20/2003, de 25 de marzo, de la Dirección General de Familia, y la delimitación de sus funciones mediante el citado Decreto Foral 222/2003, de 15 de julio, hace necesario proceder a una reestructuración de las competencias atribuidas a los diferentes órganos del Departamento para una mejor racionalización de recursos y desempeño de las mismas.

Por otro lado, se hace necesario, asimismo, ampliar la actividad inspectora, centrada en el área de Servicios Sociales, dirigiéndola a otras actividades del Departamento, así como dar prioridad a un control más exhaustivo sobre aquellos aspectos que inciden en mayor medida en la calidad de atención a los usuarios, estableciendo un sistema de Evaluación de Calidad.

Para ello es preciso dotar a la Dirección General de Bienestar Social y a la Dirección General de Familia de la estructura orgánica necesaria para dar respuesta a las necesidades derivadas de la gestión de las nuevas competencia atribuidas, así como para el mejor cumplimiento de los objetivos propuestos.

En consecuencia, a propuesta de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiséis de enero de dos mil cuatro,

DECRETO:

CAPITULO I
Disposiciones generales Artículos 1 a 24
Artículo 1 º 1

El Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes servicios:

_Servicio de Planificación, Evaluación de Calidad e Inspección.

_Servicio de Asuntos Económicos e Inversiones.

_Servicio de CooperaciónInternacional al Desarrollo.

_Servicio de Planificación, Seguimiento y Evaluación de las políticas de Familia y Menor.

_Secretaría Técnica.

  1. El Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud tiene adscritos los organismos autónomos Instituto Navarro de Bienestar Social, Instituto Navarro de la Mujer e Instituto Navarro de Deporte y Juventud, que se regirán por lo establecido en sus estatutos.

  2. Los Servicios de Planificación, Evaluación de Calidad e Inspección, de Asuntos Económicos e Inversiones, y de Cooperación Internacional al Desarrollo se integran en la Dirección General de Bienestar Social.

  3. El Servicio de Planificación, Seguimiento y Evaluación de las políticas de Familia y Menor se integra en la Dirección General de Familia.

  4. La Secretaría Técnica ejercerá, bajo la dependencia de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, además de las funciones que se le atribuyen en esta disposición, las previstas en el Decreto Foral 50/1984, de 16 de mayo, porel que se regulan las Secretarías Técnicas de los Departamentos.

CAPITULO II Artículos 2 a 15

Dirección General de Bienestar Social

SECCION 1ª Artículo 2

Funciones

Artículo 2 º La Dirección General de Bienestar Social ejercerá las siguientes funciones:
  1. La jefatura superior de los Servicios que la integran.

  2. El impulso y coordinación de la actividad de dichos Servicios.

  3. Las delegadas por la Consejera.

  4. Cuantas facultades y funciones le atribuyan las disposiciones vigentes.

SECCION 2ª Artículos 3 a 7

Servicio de Planificación, Evaluación de Calidad e Inspección

Artículo 3 º El Servicio de Planificación, Evaluación de Calidad e Inspección, ejercerá las siguientes funciones:
  1. Elaboración de planes globales de actuación en materia de Bienestar Social, a partir de los objetivos y líneas de actuación señalados por el Departamento.

  2. Elaboración de estudios e investigaciones de la demanda en servicios sociales.

  3. Promoción de actividades de investigación y formación en materia de Bienestar Social.

  4. Participación en el diseño y evaluación de Programas de Servicios Sociales, junto con las unidades técnicas correspondientes del Instituto Navarro de Bienestar Social.

  5. Producción, difusión y publicación de estudios y de documentos de planificación de Bienestar Social.

  6. Coordinación y seguimiento de las actuaciones departamentales en materia de política social e impulso de los instrumentos que faciliten la recogida de la información.

  7. Propuesta de medidas de coordinación del Departamento con otros Departamentos e Instituciones para la optimización de los recursos existentes.

  8. Asesoramiento en las inversiones previstas en los planes del Departamento.

  9. Estudio, informe y propuesta de resolución de cuantos asuntos sean de su competencia.

  10. Ordenación de entidades, servicios y establecimientos públicos y privados que actúen en materia de Servicios Sociales.

  11. Gestión, mantenimiento y control del Registro de Entidades, Servicios y Centros, que realizan actividades en materiade servicios sociales.

  12. Fomento y Evaluación de políticas de calidad en los centros y servicios del área de Servicios Sociales.

  13. Aquellas otras que, le sean encomendadas.

Artículo 4 º El Servicio de Planificación, Evaluación de Calidad e Inspección, se estructura en las siguientes secciones:

_Sección de Estudios y Coordinación.

_Sección de Programación y Evaluación.

_Sección de Calidad e Inspección de Programas e Instalaciones.

Artículo 5 º La Sección de Estudios y Coordinación ejercerá las siguientes funciones:
  1. Coordinar técnicamente la elaboración y definición de los planes y programas a realizar por los Servicios Sociales.

  2. Realizar estudios de necesidades, situación y recursos que orienten la elaboración de planes y programas de actuación.

  3. Elaborar propuestas de investigación y apoyar la investigación que, en materia de Bienestar Social, se lleve a cabo en la Comunidad Foral.

  4. Coordinación y seguimiento de los instrumentos que faciliten la recogida de la información de los distintos departamentos en relación con los planes.

  5. Elaborar publicaciones sobre Servicios Sociales.

  6. Gestionar el programa de subvenciones para investigación y formación.

  7. Aquellas otras que la Dirección del Servicio le encomiende en el ámbito de sus competencias.

Artículo 6 º La Sección de Programación y Evaluación ejercerá las siguientes funciones:
  1. Coordinar técnicamente la elaboración y definición de los planes y programas a realizar por los Servicios Sociales.

  2. Valorar las necesidades de recursos para la ejecución de los programas y evaluar el coste económico de los mismos.

  3. Seguimiento de los programas llevados a cabo en las distintas áreas de intervención, velando por el desarrollo integrado de los Servicios Sociales y por la intercomunicación entre las distintas políticas sectoriales.

  4. Apoyar técnicamente la elaboración de las normas legales y reglamentarias.

  5. Realizar estudios de evaluación de planes y programas en materia de Servicios Sociales.

  6. Establecer los criterios y procedimientos de evaluación de los programas llevados a cabo en el ámbito de los Servicios Sociales.

  7. Aquellas otras que la Dirección del Servicio le encomiende en el ámbito de sus competencias.

Artículo 7 º La Sección de Calidad e Inspección de Programas e Instalaciones ejercerá las siguientes funciones:
  1. Control de la gestión y prestación de los servicios, y equipamiento de los centros y establecimientos dependientes tanto del Departamento, como de otras entidades públicas y/o privadas.

  2. Fomento y evaluación de políticas de calidad en los centros y servicios de Servicios Sociales.

  3. Control de calidad de los...

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