DECRETO FORAL 18/2007, de 12 de marzo, por el que se modifica el Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 18/2007, de 12 de marzo, por el que se modifica el Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

Mediante Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda. No obstante, tras cuatro años de vigencia de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo (LFOTU), se está en condiciones de valorar las repercusiones de la aplicación de la misma, tanto en el desempeño de las funciones asignadas al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo como en la tramitación de los nuevos procedimientos administrativos de resolución de expedientes urbanísticos regulados por la citada Ley Foral. Por otra parte, la puesta en marcha del Plan de Modernización y Calidad del Departamento, ha ofrecido la ocasión de reforzar el análisis de la situación.

En este marco de evaluación general del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se ha llegado a la conclusión de la necesidad de introducir una serie de cambios en su estructura orgánica, y una reasignación de funciones entre las unidades existentes, con el propósito de dar una respuesta más eficaz a las demandas ciudadanas y de otras Administraciones, en una materia tan importante para el desarrollo sostenible de Navarra como es la territorial y urbanística.

A la Sección de Coordinación y Cooperación Urbanística se le asignan actualmente dos diferenciadas funciones derivadas directamente de los postulados de la Ley Foral 35/2002: La de Coordinación interior del propio Servicio y de éste con el resto de Departamentos del Gobierno de Navarra, y la de Cooperación exterior, cuyo objetivo fundamental será la atención, dinamización y soporte de las estrategias de planificación urbanística de los diferentes ayuntamientos y agentes del sector. Esta Sección, donde recae la competencia, impulsión y seguimiento de las estrategias de planificación territorial municipal, realiza un importante trabajo de cooperación interadministrativa y de dinamización de la redacción de Planes Generales Municipales. Este trabajo, unido a los nuevos postulados legales que diferencian claramente los conceptos de revisión y modificación puntual del plan, ha provocado un índice de revisión de planes muy superior al que se registraba antes de la entrada en vigor de la LFOTU. Todo ello ha conducido a una sobrecarga del trabajo de la Sección en esta esfera de la Cooperación, lo que ha implicado inevitablemente relegar a un segundo término otras tareas de Coordinación interna del Servicio de importante...

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