ORDEN FORAL 89/2008, de 12 de junio, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Una vez aprobadas la estructura orgánica del Departamento de Educación mediante Decreto Foral 122/2007, de 3 de septiembre, y la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecieron las funciones y adscripción de los Negociados del Departamento, se ha modificado el aludido Decreto Foral creándose un nuevo Servicio que, entre otras, asume funciones de dos de los Servicios ya existentes.

La presente Orden Foral tiene por objeto, por ello, por un lado, la adaptación de la adscripción y funciones de los Negociados de los Servicios del Departamento de Educación que se han visto afectados por la aludida modificación aprobada mediante el Decreto Foral 50/2008, de 12 de mayo, y por otro lado, ajustar la denominación y funciones de uno de los Negociados adscritos al Servicio de Formación Profesional y de uno de los adscritos al Servicio de Enseñanza y Extensión Universitarias.

En su virtud, y en aplicación del artículo 24. 4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Se modifica en el inciso inicial y en el apartado 1 del Ordeno 6.º de la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación, la denominación del Negociado de Programas Internacionales, que pasa a ser de Internacionalización de la Formación Profesional.

  2. Se modifica el apartado 8 del Ordeno 6.º de la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación, que queda redactado como sigue:

    El Negociado de Internacionalización de la Formación Profesional ejercerá las siguientes funciones:

    -Promover la participación de los centros educativos en proyectos de movilidad de ámbito internacional en relación con la proyección laboral de los alumnos.

    -Promover la participación de los centros educativos en proyectos internacionales relacionados con los objetivos de la formación profesional.

    -Propiciar el perfeccionamiento y actualización profesional de los profesores en el extranjero, a través de las posibilidades que ofrecen los diferentes programas internacionales.

    -Sondear las posibilidades, y establecer contactos con otros organismos nacionales o extranjeros, para la participación o colaboración del Departamento de Educación en proyectos de interés común relacionados con la formación profesional.

    -Realizar la planificación, desarrollo, y seguimiento de las acciones y proyectos de carácter internacional, su gestión contractual y económica y su justificación ante los organismos competentes.

    -Analizar las posibilidades de cofinanciación de los proyectos internacionales emprendidos por el Departamento de Educación a través de los fondos de la Unión Europea o de otros...

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