ORDEN FORAL 31/2012, de 3 de abril, del Consejero de Educación, por la que se regulan las estancias formativas en el extranjero para el alumnado y profesorado de Formación Profesional y Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño de los centros públicos, dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La economía de los países europeos, y por lo tanto las profesiones demandadas, se encuentran inmersas en un mercado competitivo y globalizado, donde la internacionalización de nuestras empresas adquiere un valor de competitividad estratégica para su desarrollo.

En este sentido, el Decreto Foral 54/2008, de 26 de mayo, por la que se regula la ordenación y el desarrollo de la formación profesional en el sistema educativo de la Comunidad Foral de Navarra, establece en el artículo 27, con carácter estratégico, la internacionalización de la formación profesional. En dicho artículo se especifica que los centros de formación profesional participarán en proyectos de movilidad para alumnado y profesorado de carácter internacional y que el Departamento de Educación impulsará dichas acciones.

Con el mismo carácter estratégico de internacionalización, en el artículo 23 del Decreto Foral 44/2010, de 9 de agosto, por el que se regula la ordenación y el desarrollo de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, se establecen análogos objetivos y acciones.

El Servicio de Formación Profesional presenta informe favorable para regular las estancias formativas en el extranjero para el alumnado y profesorado de formación profesional y enseñanzas de artes plásticas y diseño de los centros públicos, dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

Por todo ello y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 41.1.g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo 1 º Aprobar la regulación las estancias formativas en el extranjero para el alumnado y profesorado de formación profesional y enseñanzas de artes plásticas y diseño de los centros públicos, dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.
Artículo 2 º Publicar la presente Orden Foral y Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
Artículo 3

º Trasladar la presente Orden Foral y Anexos a la Dirección General de Educación, Formación Profesional y Universidades, Interventor Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el Departamento de Educación, Servicio de Formación Profesional, Servicio de Inspección Educativa, Sección de Innovación Empresa e Internacionalización de la Formación Profesional, Sección de Presupuestos y Gestión Económica, Negociado de Internacionalización de la Formación Profesional y Negociado de Gestión Económica, a los efectos oportunos.

Pamplona, 3 de abril de 2012.-El Consejero de Educación, José Iribas Sánchez de Boado.

ANEXO I

Estancias formativas en el extranjero para alumnos de formación profesional y enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño de los centros públicos, dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

Primera.-Objeto.

  1. El presente anexo tiene por objeto regular las estancias formativas en el extranjero para alumnos de formación profesional y enseñanzas de artes plásticas y diseño de los centros públicos dependientes del Gobierno de Navarra.

    Segunda.-Características generales de las estancias formativas en el extranjero.

    El Departamento de Educación, con el objeto de impulsar la formación en empresas del extranjero de los alumnos que cursan Formación Profesional, desarrollará proyectos, en el marco del Programa Leonardo Da Vinci, Erasmus u otros programas.

    El Programa Leonardo da Vinci va dirigido a los alumnos de Grado Medio o Superior que deseen realizar una formación complementaria en empresas europeas.

    El Programa Erasmus va dirigido a aquellos que deseen realizar el módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT) de su Ciclo Formativo en otro país de la Unión Europea.

    Para desarrollar dichos programas formativos se establecerá el contrato o convenio correspondiente con el organismo o entidad de financiación.

    Estas estancias tendrán, generalmente, una duración de trece semanas y se gestionarán desde el Servicio de Formación Profesional.

    Tercera.-Participantes.

    Los centros públicos interesados en participar en dichas estancias formativas en el extranjero deberán colaborar en la gestión, desarrollo y evaluación de dichas estancias en el extranjero así como en la acogida de otras estancias de estudiantes extranjeros en Navarra.

    Para participar en estos proyectos, los centros interesados realizarán la solicitud de los alumnos participantes durante el primer trimestre del curso académico anterior a la realización de dichas estancias. En dicha solicitud se especificará, además de los datos personales, el idioma en el que se desea realizar la estancia, la especialidad que se está cursando y los países de preferencia.

    El centro educativo, previa verificación de cumplimiento de los requisitos exigidos y, en colaboración con los alumnos interesados, presentará la solicitud mediante el formulario electrónico ubicado en el catálogo de servicios.

    Además del formulario electrónico antes mencionado, los solicitantes de estas estancias tendrán que entregar en el centro los siguientes documentos:

    1. Documento sobre compromisos que deben asumir los participantes.

    2. Curriculum Vitae Europass en Inglés.

    3. Justificantes de los requisitos exigidos y documentación complementaria necesaria para el baremo...

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