ORDEN FORAL 178/2007, de 4 de junio, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se reconoce el estándar racial de la raza ovina 'Sasi Ardi' y se aprueba la reglamentación específica del Libro Genealógico.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 178/2007, de 4 de junio, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se reconoce el estándar racial de la raza ovina "Sasi Ardi" y se aprueba la reglamentación específica del Libro Genealógico.

La Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra establece en el artículo 50 que Navarra tiene competencia exclusiva, en virtud de su régimen foral, en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía.

Las distintas características sociales, culturales y ambientales en las que un pueblo lleva a cabo sus actividades, determinan la aparición de razas de animales que se adaptan a esas necesidades y al medio. La raza ovina "Sasi Ardi" es una raza autóctona, especialmente adaptada a condiciones de supervivencia extremas, con unas especiales aptitudes de gran rusticidad y adaptación. En las últimas décadas debido a los cambios sociales y a la introducción de otras razas cárnicas de mejor desarrollo, sufrió un claro retroceso en número de ejemplares.

En la actualidad la raza se encuentra en peligro de extinción. Se está iniciando un proceso de recuperación y de armonización de la misma por lo que se hace necesario establecer un estándar morfológico y funcional que permita una homogeneidad de la raza. Así mismo resulta imprescindible para la recuperación de la raza establecer por parte de los criadores unos planes de selección y recuperación basados en el estándar racial y en la creación del libro genealógico de la raza.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo 1 Se reconoce el estándar racial y funcional de la raza ovina "Sasi Ardi", según se define en el Anexo I.
Artículo 2 Se crea el libro genealógico de la raza ovina "Sasi Ardi", según se define en el Anexo II.
Artículo 3

A efectos de unificar el libro genealógico de la raza y ejercer un control y validación del trabajo realizado por los gestores de los libros genealógicos, se crea una base de datos adscrita al Servicio de Ganadería del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación a la que con una periodicidad semestral las entidades o asociaciones que lleven la gestión del libro genealógico de la raza ovina "Sasi Ardi", tendrán obligación de suministrar los datos de las inscripciones y valoraciones de animales, realizadas.

Disposición final única _La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 4 de junio de 2007._El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, José Javier Echarte Echarte.

ANEXO I

Estándar racial de la raza ovina "Sasi Ardi"

Introducción

El presente patrón racial pretende recoger las características por las cuales se defina morfológicamente la raza ovina "Sasi Ardi". Aunque la población actual de dicha raza presenta una morfología definida, es necesario implantar un programa de recuperación, conservación y selección, dado el estado limitado censo de ejemplares.

Origen: Navarra y País Vasco (España).

Breve resumen histórico:

Etimológicamente Sasi Ardi, que proviene del euskera, quiere decir oveja de zarza o matorral debido a las características de semiasilvestramiento en las que ha vivido durante años y que le conferían un escaso sentido gregario.

La raza "Sasi Ardi" ha estado ligada a la evolución de las condiciones socioeconómicas de su ámbito de distribución, que han condicionado el medio en que se desarrolla y su sistema de explotación.

Hace 50 años, con pocos efectivos por explotación, era utilizada para la obtención de corderos lechales y la producción de leche cuyo destino es la elaboración de queso para autoconsumo de la propia familia del pastor. Aprovechaba pastos comunales de forma permanente y zonas de arbolado (mayoritariamente autóctono y con poco desarrollo del sotobosque).

A partir de los años 60 se produce el...

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