Estella - Aprovechamiento de pastos comunales, por adjudicación vecinal directa

SecciónIII - Consejo de Navarra

Estella - Aprovechamiento de pastos comunales, por adjudicación vecinal directa

El Ayuntamiento de Estella, en sesión plenaria de 7 de setiembre de dos mil, adoptó el siguiente acuerdo:

"Vista la ordenanza municipal reguladora de los aprovechamientos comunales del Ayuntamiento de Estella-Lizarra, en lo relativo al aprovechamiento de pastos comunales, y de conformidad con la misma, y lo dispuesto en los artículos 158 ss de la Ley Foral 6/90 de 2 de julio de Administración Local de Navarra, y 186ss del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra,

Visto el informe de la Comisión municipal de Hacienda, los que suscriben, acuerdan:

  1. Iniciar el expediente de adjudicación vecinal directa del aprovechamiento de pastos comunales del Ayuntamiento de Estella.

  2. Los interesados, que reuniendo las condiciones establecidas en la ordenanza reguladora de los aprovechamientos comunales del Ayuntamiento de Estella-Lizarra, se consideren con derecho a la adjudicación vecinal directa de los pastos comunales, podrán solicitar la adjudicación de los mismos, con señalamiento de los lotes o términos cuya adjudicación pretenden, y que se relacionan en el artículo 17 de la Ordenanza reguladora; debiendo adjuntar la documentación acreditativa de la posesión de dicho derecho.

  3. El plazo de solicitud será de quince días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  4. Publicar el presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y Tablón de Edictos municipal, a efectos de que los interesados, presenten solicitud de adjudicación, de conformidad con el modelo adjunto.

  5. Autorizar a la Alcaldía, o a quien legalmente le sustituya, para la adopción de cuantas resoluciones, fuera preciso adoptar, en aplicación y desarrollo del presente acuerdo; así como para la adjudicación en su caso, de...

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