ORDEN FORAL de 15 de mayo de 2000, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regulan en Navarra las medidas de estímulo y apoyo para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL de 15 de mayo de 2000, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regulan en Navarra las medidas de estímulo y apoyo para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios.
Por Resolución de 15 de marzo de 1993 se regularon en Navarra las medidas de estímulo y apoyo para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios, directamente derivadas de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 19 de febrero de 1993.
Aprobado por el Gobierno de Navarra el Decreto Foral 351/1993, de 22 de noviembre, por el que se regulan las Cooperativas de Utilización de Maquinaria Agrícola (CUMA) y se aprueban ayudas para las mismas, se modificó la citada Resolución mediante dos nuevas Resoluciones de 17 de enero de 1994 y 29 de marzo de 1999, al objeto de restringir la condición de beneficiarios de las ayudas de ellas derivadas a las secciones de maquinaria de cooperativas de comercialización y a las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra.
El sector de la maquinaria agrícola es un sector dinámico, donde la capacidad de adaptación a las nuevas necesidades técnicas y las exigencias de la producción agraria, así como la conservación del medio ambiente, el ahorro energético y la mejora de las condiciones de trabajo para los agricultores, permiten ofertar a las empresas agrarias nuevas alternativas que optimizan los itinerarios técnicos, por lo que se hace necesario una nueva normativa que regule en Navarra las medidas de estímulo y apoyo para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios.
En virtud de todo lo anterior, a la vista del informe emitido por el Servicio de Agricultura y Financiación Agraria, y en ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
ORDENO:
Constituye el objeto de esta Orden Foral la regulación de las medidas de estímulo y apoyo para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios, con el fin de adecuarse a las nuevas necesidades técnicas o exigencias de la producción agraria.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las cooperativas de comercialización y sus agrupaciones o uniones, así como las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra.
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La ayuda consistirá en una subvención, condicionada a la existencia de crédito presupuestario, que podrá alcanzar un importe máximo del 35 por 100 de la inversión, sin superar la cuantía de 5.000.000 pesetas por beneficiario y año.
Excepcionalmente, la cuantía antedicha de 5.000.000 pesetas se podrá superar en casos muy concretos, debidamente justificados por las características del equipo a subvencionar o de la cooperativa, sin pasar, en ningún caso, de 8.000.000 pesetas.
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Estas ayudas serán incompatibles con cualquier otra ayuda a fondo perdido que para las mismas finalidades concedan las Administraciones Públicas.
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