DECRETO FORAL 40/2014, de 14 de mayo, por el que se modifican el Decreto Foral 73/2012, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Políticas Sociales y los estatutos de la Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas, aprobados por Decreto Foral 74/2012, de 25 de julio.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

La Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que corresponde al Gobierno de Navarra la aprobación de la estructura orgánica de cada uno de los Departamentos.

Mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 11/2012, de 22 de junio, se estableció la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y por Decreto Foral 35/2012, de 2 de julio, la estructura orgánica básica del Departamento de Políticas Sociales.

Por Decreto Foral 73/2012, de 25 de julio, se establece la estructura orgánica del citado Departamento, realizándose una detallada regulación de las unidades administrativas que componen el mismo, así como de las funciones que corresponden a cada una de ellas.

Así mismo, mediante Decreto Foral 74/2012, de 25 de julio, fueron aprobados los estatutos del organismo autónomo actualmente denominado Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas, que incluyen, igualmente, la regulación de las unidades administrativas que integran dicho organismo.

Mediante el presente Decreto Foral se modifica tanto el Decreto Foral 73/2012, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento, como los estatutos de la Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas, introduciendo diversas modificaciones en dichas estructuras orgánicas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Políticas Sociales, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día catorce de mayo de dos mil catorce,

DECRETO:

Artículo Primero –Modificación de la estructura del Departamento de Políticas Sociales, aprobada por el Decreto Foral 73/2012, de 25 de julio.

Se modifica el Decreto Foral 73/2012, de 25 de julio, por el que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Políticas Sociales, en los siguientes términos:

Uno.–Se modifica el artículo 5, al que se le añade un apartado 4 con la siguiente redacción:

4. Corresponden, igualmente, a la Secretaría General Técnica las funciones de coordinación intradepartamental en materia de igualdad de género y, concretamente, supervisar y verificar que los informes de evaluación de impacto de género de la normativa, la desagregación por sexo de los datos y en general la adecuación de las estadísticas, la incorporación del análisis de género del presupuesto, y la incorporación de nuevas cláusulas y criterios relacionados con la igualdad entre mujeres y hombres en las subvenciones y contrataciones públicas, y estudios que se elaboren desde el Departamento, se realicen conforme a la normativa vigente. Dichas funciones se desarrollarán en coordinación con el Instituto Navarro para la Familia e Igualdad

Dos.–Se modifica el artículo 19, que queda redactado como sigue:

Artículo 19. Ámbito material y funcional de competencias y estructura del Servicio de Consumo y Arbitraje.

1. El Servicio de Consumo y Arbitraje ejercerá, dentro del ámbito material de consumo, las atribuciones previstas en este decreto foral y, en especial, las siguientes:

a) La defensa de los consumidores.

b) La información, formación y educación en materia de consumo.

c) Las actuaciones relativas a la disciplina de mercado así como a la defensa y promoción de la competencia.

d) El fomento del asociacionismo de los consumidores y usuarios.

e) La mediación y el arbitraje en materia de...

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