ORDEN FORAL 37/2004, de 15 de junio, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se modifica la Orden Foral 87/2003, de 15 de diciembre, que establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior y del Instituto Navarro de Administración Pública, a nivel de Negociados.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 37/2004, de 15 de junio, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se modifica la Orden Foral 87/2003, de 15 de diciembre, que establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior y del Instituto Navarro de Administración Pública, a nivel de Negociados.

Mediante Decreto Foral 266/2003, de 28 de julio, se estableció la nueva estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, que fue desarrollada, a nivel de Negociados, por la Orden Foral 87/2003, de 15 de diciembre, posteriormente modificada por la Orden Foral 28/2004, de 6 de abril, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.

Por Decreto Foral 224/2004, de 7 de junio, se ha procedido a modificar la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, en concreto en la Dirección General de Justicia, lo que afecta a la adscripción de determinados Negociados conforme a la nueva organización. Así el Negociado de Personal de Justicia pasa a depender del Servicio Jurídico-Administrativo de Justicia. A este Servicio se ha incorporado la Sección Económica, de la que depende orgánicamente el Negociado de Contabilidad. Por otra parte, el Negociado de Aprovisionamientopasa a depender directamente del Servicio de Modernización de la Administración de Justicia. Finalmente, se modifican las funciones asignadas al Negociado de Apoyo a la Reinserción Social, adscrito al Servicio Social de Justicia.

Asimismo, por Decreto Foral 225/2004, de 7 de junio, se han modificado los Estatutos del Organismo Autónomo del Instituto Navarro de Administración Pública, lo que afecta al Negociado de Cooperación y Relaciones con la Unión Europea, que ahora depende de la Sección deDesarrollo y Perfeccionamiento.

Por todo ello, visto el informe favorable de la Dirección General de Función Pública y de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral, que atribuye a los Consejeros la creación, modificación y supresión de los Negociados de su respectivo Departamento,

ORDENO:

Artículo Unico _Se modifican los Capítulos VIII, IX y IX bis, así...

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