ORDEN FORAL 59/1997 de 3 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la utilización del euskera en los medios informativos de prensa, radio y televisión de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 59/1997 de 3 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la utilización del euskera en los medios informativos de prensa, radio y televisión de Navarra.Boletín Oficial de Navarra Número 32 - Fecha 14/03/1997

La Ley Foral 18/1986, del Vascuence, en su artículo 27 insta a las Administraciones Públicas de Navarra a promover la progresiva presencia del euskera en los medios de comunicación social públicos y privados.

Por otra parte el fomento de la lengua vasca constituye una de las funciones de la Dirección General de Política Lingüística, siendo el área de los medios de comunicación una de las parcelas prioritarias donde llevar a cabo tal cometido.

En consecuencia, vista la propuesta del Servicio de Programación e Investigación y la conformidad de la Intervención Delegada,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de ayudas para la utilización del euskera en los medios informativos de prensa, radio y televisión de Navarra la cual se regirá por las Bases que figuran como anexo de la presente Orden Foral.

  2. Aprobar un gasto de 25.000.000 de pesetas, que se abonarán con cargo a la Partida 4310-4810-4551, Línea 14930-7, denominada "Programas de promoción del euskera en medios de comunicación".

  3. Notificar la presente Orden Foral al Servicio de Programación e Investigación y al Negociado de Gestión Económica del Departamento de Educación y Cultura y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, tres de marzo de mil novecientos noventa y siete.-El Consejero de Educación y Cultura, Jesús Javier Marcotegui Ros.

A N E X O

Bases

  1. Objeto.

    La convocatoria tiene por objeto regular las ayudas para la utilización del euskera en los medios de comunicación -prensa, radio y televisión- de Navarra.

  2. Solicitantes.

    2.1. Podrán optar a las ayudas objeto de regulación en la presente convocatoria:

    1. Personas físicas o jurídicas que editen periódicos o revistas periódicas en Navarra o cuenten con una edición específica para esta Comunidad Foral.

    2. Empresas titulares de emisoras de radiodifusión ubicadas en Navarra y que cuenten con licencia vigente de emisión.

      Podrán optar asimismo aquellos entes locales que hayan iniciado el expediente de legalización de emisoras de titularidad municipal (Decreto Foral 431/1992, de 21 de diciembre) y se encuentren pendientes de recibir la oportuna autorización.

    3. Empresas titulares de emisoras de televisión ubicadas en Navarra y que cuenten con licencia vigente de emisión.

      Podrán optar asimismo aquellas emisoras de...

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