ORDEN FORAL 601/2002, de 20 de noviembre, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se regula la estructura y organización de los exámenes para la obtención del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra, y se aprueban las convocatorias del año 2003 para la obtención del mismo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Gobierno de Navarra, mediante Acuerdo de 11 de septiembre de 1985, tomó a su cargo la expedición del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra al cesar la Real Academia de la Lengua Vasca _Euskaltzaindia_ en este cometido.

Ese mismo Acuerdo establece que el Departamento de Educación y Cultura procederá a definir el marco legal del desarrollo de dicha actividad y constituir los órganos que han de hacerse cargo de ella.

Mediante Orden Foral 1535/1985 se creó el Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra.

Por Orden Foral 463/1998, de 15 de diciembre, se encomendó al Servicio de Euskara del Departamento de Educación y Cultura las tareas relativas a la organización, preparación, ejecución y corrección de las pruebas para la obtención del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra, así como la creación de la Comisión Oficial del Examen EGA y el Tribunal Oficial que llevarán a cabo dichas tareas.

Visto el informe que presenta el Servicio de Euskara, procede aprobar las bases de las convocatorias y la constitución de los diferentes organismos competentes para la realización de las pruebas y sus funciones.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

ORDENO:

  1. Convocar un examen para la obtención del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra, que se realizará en el mes de enero dirigido al personal docente no universitario.

  2. Convocar los exámenes libres del año 2003 para la obtención del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra.

  3. Establecer el régimen de exámenes dirigido a los alumnos de secundaria acogidos al Programa de Colaboración con la EOIDNA, para la obtención del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra.

  4. Aprobar las bases de la convocatoria, que se especifican en el anexo de la presente Orden Foral.

  5. Confirmar, para la convocatoria del año 2003, las funciones y componentes de la Comisión Oficial del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra, que se creó mediante la Orden Foral 448/2001, del Consejero de Educación y Cultura, de 5 de diciembre.

  6. Constituir el Tribunal Oficial del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra para las convocatorias del año 2003 y encomendarle las tareas técnicas relativas a la ejecución y corrección de las pruebas, así como la participación en comisiones de trabajo y de atención a las reclamaciones, funciones que serán coordinadas por la Comisión Oficial.

  7. Designar como miembros del Tribunal Oficial del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra a las siguientes personas:

    _Doña María Jesús Asiain Yarnoz, que actuará como Presidente.

    _Don Francisco Javier Gorricho Labiano, que actuará como Secretario.

    _Doña Ana Aguirre Ceberio

    _Doña Ana Arakistain Jauregi

    _Doña Harritxu Etxaluze Aroztegi

    _Doña María Carmen Huarte Carrión

    _Doña Miren Garbiñe Basurto Luzuriaga

    _Don Javier Tirapu Flores

    _Don Pascual Recalde Irigoyen

    _Doña Ainhoa Irazustabarrena Barriola

    _Doña Esther Mugertza Imaz

    _Don Pedro Luis Mateos Yeste

    _Doña Garbiñe Urreizti Lezertua

    _Don Koldo Asirón Saez

    _Doña Ana Alberro Goñi

    _Doña Inés Eraso Thetschel

    _Don Jon Etxegarai Agara

    _Doña Itxaro Etxetxipia Senosiain

    _Doña Maite Gorospe Lizaso

    _Don Xabier Iaben Soltxaga

    _Don Koldo Los Arcos Perez

    _Don Iñaki Mundiñano Larraza

    _Don Pello Uharte Orotz

    _Don Kepa Yekora Jiménez

    _Don Jon Zaldua Lasa

    _Doña Axun Almandotz Taberna

    Suplentes:

    _Don Juan Miguel Urdiroz Perez

    _Doña Susana Lasarte Lázaro

    _Doña Sagrario Crespo Zulet

    _Don Ion Rey Bacaicoa

    _Doña Amaia Irazusta Zarra

    _Don Josetxo Irigoien Paternain

    _Doña Ana Etxeberria Suescun

    _Doña Belén Apecechea Larrainzar

  8. El Servicio de Euskara del Departamento de Educación y Cultura del Gobierno de Navarra llevará a cabo las tareas de matriculación, control y propuesta de extensión de títulos, así como las relaciones institucionales con otros organismos oficiales competentes en estas materias.

  9. Finalizados los exámenes correspondientes a las convocatorias del año 2003, el Tribunal elevará al Servicio de Euskara las actas con la relación de aprobados y suspendidos. El Consejero de Educación y Cultura autorizará, mediante Orden Foral, la expedición del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra a las personas que hayan superado las pruebas.

    1. Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden Foral.

    2. Publicar la presente Orden Foral y su anexo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

    3. Trasladar la presente Orden Foral y su anexo a la Dirección General de Educación, al Servicio de Euskara, a la Unidad de Administración de dicho Servicio, al Negociado de Euskaldunización de Adultos, al Euskaltegi Zubiarte, al Centro de Recursos para la enseñanza de euskara, al Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y Nuevas Tecnologías, a las Escuelas de Idiomas de Navarra (Tudela, distancia y Pamplona), al Servicio de Recursos Humanos, a la Secretaría Técnica, al Servicio de Vascuence e idiomas comunitarios del INAP y a los miembros de la comisión y el tribunal citados a los efectos oportunos.

    4. Contra la presente Convocatoria y sus Bases podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

    Pamplona, veinte de noviembre de dos mil dos._El Consejero de Educación y Cultura, Jesús María Laguna Peña.

    A N E X O

    Bases de la convocatoria

    Base 1.ª Examen dirigido al personal docente no universitario...

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