DECRETO FORAL 52/2003, de 10 de marzo, por el que se modifica el artículo 3.º del Decreto Foral 40/2003, de 24 de febrero, por el que se establecen ayudas excepcionales para la reparación de infraestructuras agrarias de titularidad pública, dañadas por las inundaciones extraordinarias de febrero de 2003.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

Con motivo de las inundaciones padecidas en febrero pasado, el Gobierno de Navarra adoptó un importante conjunto de iniciativas destinadas a reparar de modo urgente los daños producidos en distintos bienes, tanto públicos como privados. Una de las medidas fue la aprobación del Decreto Foral 40/2003, de 24 de febrero, por el que se establecen ayudas excepcionales para la reparación de infraestructuras agrarias de titularidad pública, dañadas por las inundaciones extraordinarias de febrero de 2003.

El artículo 3.º de este Decreto Foral ordena al Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación conceder a las entidades locales y comunidades de regantes que promuevan trabajos de reparación, en infraestructuras públicas de utilidad agraria de su titularidad, dañadas por las inundaciones, una subvención de hasta el 85 por 100 del coste que se estime como real del total de los trabajos necesarios destinados a la reparación de las infraestructuras.

Diversas entidades locales, comunidades de regantes y organizaciones profesionales agrarias, así como alguna iniciativa parlamentaria, han solicitado que se incremente el porcentaje de la ayuda del 85 al 100 por 100. Con el fin de atender esta extendida demanda social, procede aumentar el referido porcentaje elevando la ayuda pública del Gobierno de Navarra al máximo posible, cual es el 100 por 100 del coste real de los trabajos necesarios para la reparación funcional de las infraestructuras agrarias de utilidad pública, por lo que se hace necesario dar una nueva redacción al artículo 3.º del Decreto Foral 40/2003, de 24 de febrero, todo ello con efectos de 1 de marzo de 2003, fecha en la que entró en vigor esta disposición.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno...

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