ORDEN FORAL 197/2006, de 6 de septiembre, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a familias en cuyo ámbito existan uno o más enfermos celiacos

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 197/2006, de 6 de septiembre, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a familias en cuyo ámbito existan uno o más enfermos celiacos

La Ley Foral 14/1983, de 30 de marzo, de Servicios Sociales, prevé la competencia del Gobierno de Navarra para realizar las actuaciones que tengan por objeto fomentar al máximo posible el desarrollo del bienestar social en la Comunidad Foral.

Las familias en cuyo ámbito existen personas celiacas se ven obligadas a soportar gastos de alimentación adicionales, superiores a los ordinarios o comunes, al precisar la adquisición de productos con características especiales.

Vistos los informes técnico y jurídico obrantes en el expediente.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 46/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de ayudas destinadas a familias en cuyo ámbito existan uno o más enfermos celiacos, así como sus correspondientes bases reguladoras, que figuran como Anexo a esta Orden Foral.

  2. Autorizar un gasto de 25.000 euros, con cargo a la partida 923001-93530-4809-231000, denominada "Ayudas a las familias con enfermos celiacos", del Presupuesto de Gastos para 2006.

  3. Disponer que la distribución a los beneficiarios de los fondos públicos previstos en esta convocatoria se efectúe mediante la Asociación Celiacos de Navarra, que actuará como entidad colaboradora, en los términos establecidos en el convenio de colaboración suscrito entre dicha Asociación y el Instituto Navarro de Bienestar Social.

  4. Trasladar esta Orden Foral a la Sección de Voluntariado, Asociacionismo y Programas del Instituto Navarro de Bienestar Social, y a la Asociación Celiacos de Navarra, y ordenar su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de septiembre de 2006._La Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, María Isabel García Malo.

ANEXO

Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas destinadas a familias en cuyo ámbito existan uno o más enfermos celiacos

  1. Objeto y finalidad.

    Las presentes bases reguladoras tienen por objeto establecer el régimen de concesión de ayudas destinadas a unidades familiares en cuyo ámbito existan uno o más enfermos celiacos.

    Las ayudas concedidas habrán de destinarse a la compra de alimentos especiales y adecuados para atender las necesidades específicas de las personas afectadas por la citada enfermedad.

  2. Beneficiarias.

    Serán beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria las unidades familiares en cuyo ámbito existan uno o más enfermos celiacos.

    A los efectos previstos en esta convocatoria se entenderá por unidad familiar la definida por el artículo 71 de la Ley Foral 22/1998, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

    2.1. La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiere, los hijos menores de edad, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres...

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