ORDEN FORAL 53/2007, de 16 de febrero, de la Consejera de Bienestar Social Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del Instituto Navarro para la Igualdad a Entidades Locales de Navarra para la realización de proyectos o actividades que favorezcan y dinamicen el compromiso municipal para el avance hacia la...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 53/2007, de 16 de febrero, de la Consejera de Bienestar Social Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del Instituto Navarro para la Igualdad a Entidades Locales de Navarra para la realización de proyectos o actividades que favorezcan y dinamicen el compromiso municipal para el avance hacia la igualdad para el año 2007.

El Instituto Navarro para la Igualdad, de acuerdo con el Decreto Foral 90/2006, de 18 de diciembre, tiene como finalidad la consecución de la igualdad de mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social de Navarra, promocionando las condiciones que faciliten la igualdad entre los sexos, la remoción de los obstáculos que impidan su plenitud de hecho y de derecho y la eliminación de todas las formas de discriminación sobre las mujeres y los hombres de Navarra.

El Area transversal 1 del I Plan de Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres de la Comunidad Foral de Navarra (2006-2010), recoge un apartado referido a Políticas de Igualdad en la Administración Local cuyo principal objetivo se refiere a "Impulsar el compromiso de la Entidades Locales de Navarra con la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres" ya que son éstas las que mejor pueden crear y favorecer las condiciones que permitan el avance hacia la igualdad real para hombres y mujeres a través de la creación y consolidación de estructuras técnicas y políticas que faciliten la aprobación y desarrollo de planes de igualdad municipales.

A través de los Planes Municipales de Igualdad de Oportunidades se pueden abordar actuaciones de forma coordinada, planificada y adecuada a las necesidades de los distintos Entes Locales. En ellos se establecen las diferentes medidas a llevar a cabo por las áreas municipales durante un periodo determinado. En Navarra, numerosos Ayuntamientos disponen ya de Planes de Igualdad municipales aprobados por el Pleno y otros han iniciado los trámites previos para su elaboración y aprobación.

De igual manera el reconocimiento progresivo de la figura profesional de Técnica/o de Igualdad y su inclusión en las plantillas municipales, es otra de las claves para avanzar en la consolidación de una intervención técnica y de calidad en el entorno local.

El Instituto Navarro para la igualdad, en colaboración con las Entidades Locales de Navarra, además de seguir apoyando a aquellos ayuntamientos que disponen de personal técnico de igualdad y planes aprobados, considera oportuno impulsar de forma prioritaria la creación de puestos de trabajo de estas características en la plantilla orgánica y/o contratación administrativa o laboral, para la elaboración o el desarrollo de los Planes de Igualdad municipales o comarcales existentes, manteniendo sin duda el apoyo a la elaboración de nuevos diagnósticos que permitan orientar la posterior elaboración Planes de igualdad municipales.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 46/2005, de 24 de abril por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de subvenciones del Instituto Navarro para la Igualdad a Entidades Locales de Navarra para la realización de proyectos o actividades que favorezcan y dinamicen el compromiso municipal para el avance hacia la igualdad que se realicen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007, conforme a las bases que se incluyen como anexo a la presente Orden Foral.

  2. Autorizar un gasto de 255.861,00 euros, correspondiente a la Partida 930001 94000 4609 232200 "Transferencias a Entidades Locales" del Presupuesto de gastos del año 2007.

  3. Notificar esta Orden Foral al Instituto Navarro para la Igualdad y al BOLETIN OFICIAL de Navarra para su publicación.

Pamplona, 16 de febrero de 2007._La Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, María Isabel García Malo.

ANEXO 1

Bases reguladoras

  1. _Objeto.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones por el Instituto Navarro para la Igualdad a Entidades Locales de Navarra con los siguientes objetivos:

    1. Apoyar el trabajo iniciado en materia de igualdad de oportunidades en aquellas entidades locales que disponen de personal técnicos de igualdad, en plantilla o contratado administrativa o laboralmente y con planes de igualdad aprobados.

    2. Apoyar la contratación de nuevo personal técnico de igualdad con el objeto de avanzar en el reconocimiento y consolidación de su figura profesional clave para una intervención sostenible desde la propia organización municipal.

    3. Impulsar el proceso de reflexión, diagnóstico y compromiso político y técnico orientado a una posterior elaboración y aprobación de Planes Municipales para avanzar hacia la Igualdad en todos los ámbitos de la vida.

  2. _Beneficiarias y plazo de ejecución.

    Podrán acogerse a las subvenciones objeto de esta convocatoria todas las Entidades Locales de Navarra reguladas en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

    Las actuaciones subvencionables deberán ejecutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

  3. _Proyectos y conceptos subvencionables.

    3.1. Proyectos subvencionables:

    Apartado 1. Entidades Locales que disponen de personal técnico de Igualdad que figura en la plantilla orgánica con carácter fijo o contratado en régimen administrativo o laboral con anterioridad al año 2006 y planes de igualdad aprobados.

    1. Formación, información y sensibilización dirigidas al personal técnico y político de las diferentes Areas Municipales en aspectos relacionados con su compromiso con el desarrollo del Plan de Igualdad.

    2. Proyectos municipales dirigidos a la ciudadanía que desarrollen objetivos del Plan de Igualdad.

    3. Evaluación de Planes de Igualdad.

    4. Elaboración de nuevos Planes de Igualdad.

      Apartado 2. Entidades Locales sin personal técnico de Igualdad en su plantilla orgánica muncipal.

    5. Contratación de personal técnico de Igualdad.

      Podrán acogerse a la ayuda de este apartado todas las Entidades locales de Navarra que, careciendo de personal técnico en materia de igualdad de oportunidades, se encuentren interesadas en la contratación de una persona técnica de Igualdad en el año 2007 o la hubiesen contratado en el año 2006, para la coordinación y gestión de la elaboración, desarrollo o evaluación de Planes de Igualdad Municipales o comarcales, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

      _Se debe tratar de un puesto de trabajo creado a partir de 2006 o 2007 y que no existiera con antelación.

      _De carácter fijo o temporal: que se contemple por primera vez en la plantilla orgánica de la entidad o bien se trate de un contrato en régimen administrativo o laboral.

      _Nivel A o B.

      _Deberá considerarse...

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