ORDEN FORAL 717/2006, de 28 de agosto, del Consejero de Administración Local, por la que se crea un fichero informatizado bajo la denominación de 'Registro Central de Tarjetas'.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 717/2006, de 28 de agosto, del Consejero de Administración Local, por la que se crea un fichero informatizado bajo la denominación de "Registro Central de Tarjetas".

Por Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Se considera necesario la creación de un fichero informatizado, denominado "Registro Central de Tarjetas", cuyo objeto es controlar la emisión de las tarjetas de acreditación ciudadana garantizándose que todas las emitidas sean registradas en un Registro Central y que las tarjetas confeccionadas por una entidad puedan ser utilizadas por otras entidades, dada su inexistencia en el Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio.

Por otra parte, el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, señala que "la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación, y la creación de nuevos ficheros se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero".

En su virtud, visto el informe del Servicio de Calidad y Modernización,

ORDENO:

  1. Crear en aplicación de lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, el fichero denominado "Registro Central de Tarjetas".

    1. Finalidad y usos previstos.

      Creación de un fichero informatizado cuyo objeto es controlar la emisión de las tarjetas de acreditación ciudadana garantizándose que todas las emitidas sean registradas en un Registro Central y que las tarjetas confeccionadas por una entidad puedan ser utilizadas por otras entidades. Además, ofrecerá diversos servicios a las entidades adheridas: publicación de tarjetas emitidas, notificación de anulaciones y sustituciones y modificación de la información.

    2. Personas y colectivos afectados.

      Personas físicas que soliciten la tarjeta de acreditación ciudadana.

    3. Procedimiento de recogida de datos.

      Los datos serán facilitados por el propio interesado o su...

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