ORDEN FORAL 42/2012, de 29 de febrero, por la que se establece el procedimiento de cierre presupuestario mensual.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El compromiso del Gobierno de Navarra con la necesaria mejora continua de la gestión y control presupuestario y con la transparencia informativa, requiere de una mayor frecuencia en el conocimiento y la información suministrada sobre la evolución de los ingresos y de los gastos a lo largo del ejercicio.

Aunque el artículo 59 de la Ley Foral de Hacienda Pública contempla que se informe sobre la situación presupuestaria de la acción del Gobierno con una frecuencia trimestral, el Departamento de Economía y Hacienda quiere avanzar en la consecución de los objetivos anteriormente señalados informando mensualmente.

El suministro temprano de información mensual de calidad exige la realización, en un plazo breve, de una serie de actuaciones que permitan cerrar el sistema informático de soporte de la contabilidad habiendo recogido las operaciones que deben imputarse en cualquier caso al periodo que se cierra.

Dado el carácter distribuido de las funciones de registro contable, y como quiera que el ejercicio de tales funciones no puede desvincularse de la materialización de las actuaciones administrativas que soportan los asientos contables, es necesario establecer un procedimiento que coordine las actividades de los diferentes gestores en orden a acelerar el registro contable de las operaciones que deben imputarse a un periodo dado, lo que permitirá disponer rápidamente de información completa y definitiva sobre la ejecución presupuestaria mensual.

El artículo 123 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra establece que corresponde al Departamento de Economía y Hacienda ejercer la potestad reglamentaria en orden a la determinación de la estructura, justificación, tramitación y rendición de cuentas y demás documentos relativos a la contabilidad pública.

En consecuencia,

ORDENO:

Artículo 1 Cierre mensual de la contabilidad presupuestaria.
  1. -La contabilidad presupuestaria se cerrará por meses naturales, permitiendo suministrar información estable de ejecución presupuestaria referente a cada periodo mensual

  2. -Una vez que se produzca el cierre presupuestario de un mes determinado, no se...

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