DECRETO FORAL 33/2010, de 17 de mayo, por el que se establece la Zonificación de Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

En el marco de la configuración de un nuevo desarrollo de los Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra, se dictó la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, que recoge los principios de universalidad, a través de la consideración de los Servicios Sociales como derechos subjetivos de las personas, y de igualdad, que se plasma en el objetivo de garantizar un nivel mínimo de prestaciones homogéneas a todas las personas dentro del territorio de la Comunidad Foral de Navarra, independientemente del municipio en el que vivan.

Tal como señalan los artículos 41.2 y 42.2 de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, la configuración de las Zonas Básicas de Servicios Sociales y de las Áreas de Servicios Sociales, se establecerá reglamentariamente.

De acuerdo con el artículo 5 del Decreto Foral 11/1987, de 16 de enero, de Regulación de los Servicios Sociales de Base, derogado por Disposición Derogatoria Única 1.d de la Ley Foral 15/2006 de Servicios Sociales, tenían la consideración de Zonas Básicas de Servicios Sociales las recogidas en la Ley Foral 22/1985, de 13 de noviembre, de Zonificación Sanitaria de Navarra. La Disposición Transitoria cuarta de la Ley Foral 15/2006 por su parte señala que en tanto no se apruebe reglamentariamente la nueva zonificación de Servicios Sociales, continuará vigente la zonificación existente en el momento de la entrada en vigor de esta Ley Foral.

El Plan Estratégico de Servicios Sociales, aprobado por el Parlamento de Navarra en su sesión del día 17 de diciembre de 2008, establece la configuración territorial de los Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra.

El Plan Estratégico señala que la delimitación territorial de las Zonas Básicas de Servicios Sociales coincidirá en términos generales con la zonificación de Atención Primaria de Salud, de forma que se facilite la coordinación entre servicios y la legibilidad de la división territorial para los ciudadanos. No obstante, el propio Plan Estratégico con el objetivo de conseguir una mejor atención a los ciudadanos, establece la creación de nuevas Zonas Básicas que no coinciden con las de Salud.

El presente Decreto Foral, es por tanto de una norma reglamentaria que recoge la zonificación de Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con los principios de descentralización, proximidad a la ciudadanía, eficacia en la satisfacción de las necesidades sociales, equilibrio y homogeneidad territorial, accesibilidad a la información y a los servicios y coordinación y trabajo en red. Para cumplir con estos principios se establece la existencia de Zonas Básicas de Servicios Sociales que se agrupan en Áreas de Servicios Sociales, las cuales a su vez pueden estar compuestas por Distritos. En atención a sus especiales características demográficas, geográficas o de otra índole, algunas Zonas Básicas se configuran como Zonas de Especial Actuación.

En consecuencia, a propuesta de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, de acuerdo con el Consejo de Navarra, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día diecisiete de mayo de dos mil diez,

DECRETO:

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 y 2
Artículo 1 Objeto.

Es objeto del presente Decreto Foral el establecimiento de la Zonificación de Servicios...

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